SAP Lugo 713/1999, 14 de Septiembre de 1999

PonenteXOAN CARLOS MONTES SOMOZA
Número de Recurso68/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución713/1999
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Lugo

SENTENCIA NUMERO 713

Ilmos Señores

Presidente

Don Andrés Neira Medín

Magistrados

Don Edgar Amando Fernandez Cloos

Don Xoan Carlos Montes Somoza

En la ciudad de Lugo a catorce de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación, el Rollo de Sala numero 68 de

1.999, dimanante de los autos del juicio ejecutivo numero 187 de 1.997 del juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número cuatro de Lugo; siendo apelante el demandado don Ildefonso , representado por el Procurador Sr. Martin Buitrago Calvet y asistido del Letrado Sr. Pérez Batollón Ordoñez, y como apelada la parte actora RENAULT FINANCIACIONES S.A., representado por el procurador Sr. Mourelo Caldas y bajo la dirección del letrado Sr. Rodriguez Gigerey, y la demandada doña Pilar declarada en rebeldía procesal, y siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Xoan Carlos Montes Somoza.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que con fecha 22 de septiembre de 1.998 por el juzgado de 1ª Instancia e Instrucción numero 4 de Lugo, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales D. Manuel Mourelo Caldas, en nombre y representación de la entidad Renault Financiaciones S.A., contra D. Ildefonso y contra doña Pilar , debo de mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los citados de los citados demandados, haciendo trance y remate de los mismos hasta hacer, con su producto, completo pago la entidad demandante Renault Financiación S.A., de la cantidad de un millón doscientas ochenta y tres mil setecientas nueve pesetas (pesetas 1.283.709) como principal, mas los intereses pactados y devengados sobre el principal, desde la fecha de cierre de la cuenta hasta la de su total pago, asimismo, las partes aquí demandadas, deberán abonar las costas de este juicio.

  2. En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada compareciente que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes a fin de que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte apelante así como la parte actora como apelada, a las que se les dio traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 9 de septiembre de 1.999 a las 11.30 horas, y por los letrados de las partes se hicieron las peticiones que constan en autos.

  3. - Que en estos autos se han observado en ambas instancias todas las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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