SAP Madrid, 7 de Octubre de 2000

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2000:13520
Número de Recurso1119/1997
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a siete de Octubre de dos mil.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 110/97, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Nº NUM000 , representada por el Procurador D. Ramiro Reynolds de Miguel y defendida por la Procuradora Dª Isabel Vallejo Ortega, y de otra, como demandada-apelada CAIDOS DE LA DIVISION AZUL Nº 1, S.A., representada por la Procuradora Dª Isabel Afonso Rodríguez y defendida por el Letrado D. Rafael Cavero González, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José González Olleros

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid, en fecha 29 de septiembre de 1.997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando como desestimo la demanda formulada por el procurador de los Tribunales D. JUAN RAMIRO REYNOLDS DE MIGUEL en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA FINCA sita en el número NUM000 de la DIRECCION000 DE MADRID, contra la mercantil "CAIDOS DE LA DIVISION AZUL, 1, S.A", debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos de la demanda, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandante.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido ambas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 2 de octubre de 2.000, tuvo lugar con la intervención de los Letrados de las partes, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Comunidad de Propietarios de la Casa nº NUM000 de la DIRECCION000 , actora en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo.Sr.Magistrado Juez de 1ª inscia nº 45 de Madrid con fecha 29 de Septiembre de 1.997, desestimatoria de la demanda de acción reivindicatoria interpuesta por la referida apelante contra la demandada Caídos dela División Azul 1 S.A., denunciando error en la valoración de la prueba y en consecuencia en la apreciación de los requisitos precisos para la prosperabilidad de la accion ejercitada.

SEGUNDO

Ejercitó la actora accion reivindicatoria sobre una superficie de 25,50 m2 que entiende ocupa en exceso el trastero nº 50 propiedad de la precitada demandada, sito en la planta sótano del inmueble nº NUM000 de la DIRECCION000 , manifestando que dicha superficie pertenece a la zona común de maniobras y circulación de los vehículos allí estacionados, pretensión desestimada por el Juzgador de instancia por entender que la hoy apelante no había justificado su titulo de dominio ni identificado ni identificado plenamente la zona reivindicada.

TERCERO

La Sala comparte plenamente los razonamientos y conclusiones del Juzgador de instancia debiendo únicamente añadir que definiendose la accion reivindicatoria como aquella que tiene por finalidad obtener el reconocimiento del derecho de dominio y en su consecuencia la restitución de la cosa que indebidamente retiene el demandado (art.348, párrafo segundo del C.C.), tal y como adelanta el Juez a quo precisa para su viabilidad y éxito de la concurrencia y prueba de los siguientes requisitos o circunstancias: 1º) Que el actor justifique su derecho de propiedad sobre los bienes reclamados fundado en titulo...

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