SAP Madrid, 25 de Octubre de 2000

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA
ECLIES:APM:2000:14582
Número de Recurso93/1999
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veinticinco de Octubre de dos mil.

La Sección Decimocuarta de la Audiencia, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Cognición sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Madrid, seguido entre partes, de una como apelante Doña María Angeles , y de otra como apelado Comunidad de Propietarios de la CALLE000 n. NUM000 de Madrid.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Sánchez Plaza ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Madrid, en fecha 13 de octubre de 1.997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por Comunidad de Propietarios de la CALLE000 núm NUM000 de Madrid, contra Doña María Angeles , debo condenar y condeno a ésta a pagar a la actora la cantidad que le adeuda de 520.790 pesetas, más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial; con expresa condena en costas de la demandada Doña María Angeles ."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado, alegando lo que estimó oportuno a su derecho. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dió traslado del mismo a la parte apelada, quien impugnó el recurso de apelación interpuesto. Elevándose los autos junto con dichos escritos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 19 de octubre de 2000.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales pertinentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan, en cuanto no se opongan ni contradigan a lo que luego se dirá, los antecedentes fácticos y la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Madrid, promovió demanda en juicio ordinario de cognición en reclamación de cuotas ordinarias y derramas impagadas, contra la demandada Doña María Angeles propietaria de piso NUM001 del citado inmueble, por importe de 520.790 pesetas; la demandada no compareció en la instancia, siendo declarado en situación procesal derebeldía, alzándose contra la sentencia que estimó íntegramente la demanda, fundamentando su recurso de apelación en irregularidades en el emplazamiento para comparecer en juicio y contestar a la demanda, que le produce indefensión y determina la nulidad del juicio; a esta cuestión se limita el recurso, tras lo resuelto en el recurso de queja de esta Sección, por inadmisión del de apelación.

SEGUNDO

De las actuaciones del juicio se desprende que la demandada tuvo conocimiento del mismo, una vez declarada en rebeldía, y al tiempo de ser citada para prueba de...

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