SAP Madrid 396, 30 de Mayo de 2000

PonenteLEONOR FERNANDEZ BENITO
ECLIES:APM:2000:8112
Número de Recurso973/1997
Número de Resolución396
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a treinta de Mayo de dos mil.

La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición sobre reclamación de cantidad procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 26 de los de esta capital, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado, D. Jesús representado por la Procuradora Dª Ana Lázaro Gogorza, y de otra, como demandados/apelantes, D. Ángel Jesús y Dª Angelina , representados por el Procurador D. Javier de la Orden Gómez.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Leonor Fernández Benito

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 26 de Madrid con fecha 25 de abril de 1997 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando como estimo la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Doña Ana Lázaro Gogorza en nombre y representación de D. Jesús contra D. Ángel Jesús y Doña Angelina , debo condenar y condeno a los demandados a que satisfagan al actor la cantidad de 540.095 ptas., suma que devengará el interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda que se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que alegó lo que estimó necesario y solicitó la revocación de la sentencia apelada. Admitido el recurso en ambos efectos se dio traslado a la parte apelada la que lo impugnó por lo que se elevaron los autos junto con los escritos ante esta Sección para sustanciar el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección de 9 de febrero de 2000 no estimándose necesaria la celebración de vista, se señaló el día 24 de mayo para la deliberación, votación y fallo del recurso, lo que tuvo lugar una vez que le había correspondido su turno entre los de su clase y ponencia.

CUARTO

En la tramitación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por íntegramente reproducidos los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el actor Don Jesús se ejercita acción de reclamación de la cantidad de 540.095 pesetas frente a los demandados Don Ángel Jesús y Doña Angelina , exigiéndoles su pago en concepto deprecio de determinados servicios profesionales que dice haber realizado en su favor como Abogado y recoge en minuta de honorarios que acompaña a su demanda. Los demandados, hoy apelantes, admitieron en la primera instancia del proceso que el actor les prestó los servicios profesionales que comportan las dos primeras partidas de su minuta y que ascienden, respectivamente, a las sumas de 215.000 y 86.000 pesetas que reconocen adeudarle allanándose a su pago, limitando su oposición a la tercera y última de aquellas partidas ascendente a la cantidad de 215.517 pesetas (más su IVA de aplicación), que, según la propia minuta, comprende las actuaciones del actor desde que bajan los autos de juicio de cognición 2333/94, sobre resolución del contrato de arrendamiento por denegación de la prórroga forzosa relativo a la vivienda ocupada por los demandados, desde la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid (Rollo 57/95) al Juzgado de procedencia, el de Primera Instancia Núm. 11-bis de Madrid --procedimiento arrendaticio...

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