SAP Madrid, 8 de Febrero de 2000
Ponente | RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON |
ECLI | ES:APM:2000:1765 |
Número de Recurso | 343/1997 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a ocho de Febrero de dos mil.
La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL, representado por el Procurador D. Evencio Conde de Gregorio y asistido por la Letrada Dª Mª de los Angeles Arroyo Blanco y de otra, como demandado-apelado D. Esteban , representado por la Procuradora Dª Pilar Azorin Albiñana y asistido por el Letrado D. Juan Antonio Ferrer Valera, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Ramón Fernando Rodríguez Jackson .
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid en fecha 7 de abril de 1.997 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Instituto de Crédito Oficial, debo condenar y condeno a D. Esteban a que abone al actor la cantidad que se determine en ejecución de sentencia como importe de la liquidación del préstamo, del que se excluirán las cantidades que debiera satisfacer en concepto de intereses compensatorios con arreglo a la póliza suscrita, ello sin efectuar expresa imposición de las costas causadas".
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante que fue admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido ambas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública tuvo lugar con la asistencia de ambas partes, solicitando la parte apelante la revocación de la resolución recurrida y la apelada su confirmación.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia, que estima en forma parcial la demanda, se alza la parte demandante, INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL, que, en esta alzada, solicita la revocación parcial de la sentencia apelada, y que se...
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