SAP Madrid, 28 de Abril de 2000

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2000:6312
Número de Recurso870/1997
Fecha de Resolución28 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veintiocho de Abril de dos mil.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresadados al margen, ha visto los autos incidentales sobre impugnación de tasación de costas por indebidas, dimanante de rollo de apelación, seguidos entre partes, de una, como impugnante Dª Carmen , representada por el Procurador D. José Ramón Rego Rodríguez, y defendida por la Letrada Dª Mª Carmen Barbarán Casanova, y de otra como impugnada Dª Clara , representada por el Procurador D. Francisco Alas Pumariño Miranda, y defendida por el Letrado D. Jose Daniel

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Antonio Nodal de la Torre

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que practicada tasación de las costas causadas en la apelación de que dimana el incidente a instancia del demandante y hoy apelada Dª Clara y que debían ser satisfechas por la apelante Dª Carmen como condenada a su pago, y dada vista de la misma a la representación de la parte apelante, dentro del término que se le concedió formuló impugnación por el concepto de indebidos en cuanto a las partidas que expresaba en su escrito de fecha 13 de diciembre de 1.999.

SEGUNDO

Que tenida por impugnada la tasación de costas practicada por la representación de la apelante por el concepto de indebidos, se acordó conforme a lo dispuesto en el artículo 429 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en su virtud se confirió traslado al Procurador de la parte apelada para que dentro del término de seis días contestase concretamente sobre dicha impugnación; trámite que ha evacuado el mencionado Procurador por medio de escrito de fecha 29 de diciembre de 1.999.

TERCERO

Que tenida por contestada la impugnación incidental, y habiéndose recibido el presente incidente a prueba en auto de fecha 12 de enero de 2.000, se señaló la vista pública el día 27 de abril del año en curso, a la que asistieron los referidos letrados, que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Siendo la condena en costas la imposición a determinada persona, por resolución judicial, del pago de ciertos gastos procesales, que sin tal imposición el condenado no tendría la obligación de satisfacer, la ley ha arbitrado medios que le...

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