SAP Madrid 587, 18 de Septiembre de 2000

PonenteCESAR URIARTE LOPEZ
ECLIES:APM:2000:12289
Número de Recurso1097/1997
Número de Resolución587
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a dieciocho de Septiembre de dos mil.

La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid compuesta por los señores Magistrados expresados al margen ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 224/96 sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcorcón, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante D. Jose Enrique representado por el Procurador D. Julián Caballero Aguado, y de otra como demandados-apelados MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA representada por el Procurador D. Julián Caballero Aguado, la Mercantil ARPADA, S.A., en su propio nombre y D. Armando que no ha comparecido en esta instancia.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. César Uriarte López

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcorcón, en fecha 13 de Mayo de 1.997, se dictó sentencia que contiene el siguiente "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. JULIÁN CABALLERO AGUADO, en nombre y representación de D. Jose Enrique , debo ABSOLVER Y ABSUELVO a D. Armando , ARPADA, S.A. y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA de las pretensiones contra ellas formuladas, imponiendo al demandante el pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones pertinentes, proponiendo prueba y, admitido en ambos efectos, se dio traslado a los demandados, impugnando el recurso la Mercantil Arpada, S.A. y la Mutua Madrileña Automovilista, elevándose el procedimiento.

TERCERO

Recibidos los autos se formó rollo, turnó la Ponencia y admitió el solicitado recibimiento a prueba, teniendo por recibido el exhorto para prueba testifical unido después de dictada sentencia en la instancia y para ser valorada en ésta, señalándose para vista el pasado día 12 del mes en curso, cuando por turno correspondió.

CUARTO

En el acto de la vista informaron los Letrados de las partes en apoyo de sus pretensiones, solicitando la del apelante la revocación y los de las apeladas su confirmación.

QUINTO

En la tramitación de estos autos se han observado en lo esencial las formalidades exigidas por la Ley.

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO ACEPTANDO en lo sustancial los de la sentencia apelada, que damos aquí por reproducidos y, además,

PRIMERO

La sentencia recurrida desestima la demanda deducida por la representación procesal de Don Jose Enrique , como conductor-propietario del turismo Opel Corsa, Y-....-YW , contra Don Armando , la Compañía "Arpada, S.A." y Mutua Madrileña Automovilista, respectivamente conductor, propietaria y aseguradora del también turismo Audi, M-8210-MC, que en lo esencial pretendía se condenase a los demandados solidariamente al pago de la cantidad de 580.000 pts, como consecuencia de las lesiones sufridas por el demandante y daños en el vehículo de su propiedad el día 24 de junio de 1.994, sobre las 20,30 h., al colisionar el turismo Opel-Corsa con el Audi en la confluencia de las calles Fábricas y Ebanistas en Alcorcón, alzándose contra dicha sentencia el referido demandante interesando su revocación y la estimación de la demanda inicial, a los que...

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