SAP Madrid, 15 de Octubre de 2002

PonenteVICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
ECLIES:APM:2002:11956
Número de Recurso86/2002
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a quince de Octubre de dos mil dos.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Dª Daniela y Patronato de Salud e Integración Social, y de otra, como demandada-apelada Dª Carmela .

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Victoriano Jesús Navarro Castillo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcobendas, en fecha 26 de marzo de 2001, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo declarar y declaro enervada la acción de desahucio ejercitada por la Procuradora de los Tribunales Doña Cristina Perez Perrino en nombre y representación de Doña Daniela contra Doña Estíbaliz , en su dondición de representante del Patronato de Salud e Integración Social y Doña Carmela , sobre la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 NUM001 de esta localidad al haberse consignado las cantidades adeudadas, con expresa imposición de costas a las demandadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 10 de octubre de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Doña Daniela , arrendadora de la vivienda sita en la CALLE000 , nº NUM000 , piso NUM001 , de Alcobendas, el día 8 de febrero de 2001, presentó demanda de desahucio solicitando la resolución del contrato por falta de pago de las rentas de enero y febrero de 2001, contra el Patronato de salud e integración social del Ayuntamiento de Alcobendas, arrendatario de la vivienda, y la ocupante delpiso, Doña Carmela .

La ocupante de la vivienda no compareció al acto del juicio. Sí lo hizo el Patronato municipal que se opuso a la demanda alegando haber pagado...

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