SAP Madrid, 23 de Enero de 2002
Ponente | MONICA DE ANTA DIAZ |
Número de Recurso | 476/1999 |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a veintitrés de Enero de dos mil dos.
La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 46 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Felipe y de otra, como demandado- apelado D. Juan Pablo , Dª Cecilia , D. Salvador y Dª Eugenia , seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.
VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mónica de Anta Díaz .
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 46 de Madrid en fecha 12 de enero de 1.999 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por Felipe , representado por el Procurador Sr. Gala Escribano, frente a Juan Pablo , Salvador , Cecilia y Eugenia , condeno a la parte demandada a pagar la cantidad de 200.000 ptas. más el IVA correspondiente al tipo del 15 %, con los intereses legales y sin hacer expresa imposición de las costas".
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante que fue admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido ambas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública tuvo lugar con la asistencia de las partes, que expusieron sus respectivas pretensiones. Después de la Vista, en la que se dio cumplimiento a lo previsto en el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciéndose saber a las partes la modificación de la composición del Tribunal, se pospuso la Votación hasta que transcurrió el plazo establecido en el artículo 327 de dicha Ley procesal.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan y se dan por reproducidos los de la resolución apelada, en la medida en que no se opongan a los siguientes.
La estimación parcial de la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Felipe y la condena al pago de 200.000 pts a los demandados más el IVA correspondiente al tipo del 15% por honorarios profesionales debidos es lo que motiva el presente recurso por la representación procesal del Letrado actor, al considerar la resolución recurrida contraria a derecho y gravemente lesiva a sus interesesalegando como motivos de disentimiento un error de omisión por falta de citación del precedente necesario para determinar los honorarios objeto de reclamación y un actuar contrario a la naturaleza del arrendamiento de servicios al existir una minuta acorde al trabajo realizado y aceptada como tal por el Colegio de Abogados. Motivos por los que suplica una nueva resolución, que conforme a derecho estime íntegramente su demanda.
Por la representación procesal de los demandados se impugna el recurso y se solicita la confirmación de la resolución apelada que consideran correcta y ajustada a derecho.
Adentrarnos en el conocimiento del presente recurso, y para una correcta comprensión de la cuestión litigiosa planteada es obligado dejar constancia, si quiera sea sucintamente de los siguientes antecedentes previos;
.- El actor ostentó la defensa de los demandados...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba