SAP Lugo 17/2004, 20 de Febrero de 2004
Ponente | MARIA LUISA SANDAR PICADO |
ECLI | ES:APLU:2004:212 |
Número de Recurso | 13/2004 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 17/2004 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚMERO 17
ILMOS. SRES.MAGISTRADOS:
D. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS, PRESIDENTE
DÑA. MARIA LUISA SANDAR PICADO
D. JOSE MANUEL VARELA PRADA
Lugo, a veinte de Febrero de dos mil cuatro.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala N.º
13/04, dimanante de los autos de Procedimiento Abreviado N.º 18/03 , tramitados por el Juzgado de
Instrucción de Chantada y fallados por el Juzgado de lo Penal N.º dos de Lugo en el P.Abreviado
N.º 296/03 por el delito de lesiones; siendo apelante, Bernardo , representado por
el procurador DÑA. Mª Fe Eire Vázquez y defendido por el letrado D.Carlos Fernando Lamela
Perez y apelado el Ministerio Fiscal; actuando como ponente el magistrado, Ilmo. Sr. Dña. MARIA LUISA SANDAR PICADO.
Con fecha veintiséis de noviembre de dos mil tres, el Juzgado de lo Penal n.º dos de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Bernardo como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones, a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas debiendo indemnizar a Pedro Jesús en la cantidad de cuatrocientos euros (400 euros)".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que formuló la representación de Bernardo , siendo admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los de la sentencia apelada, que son del tenor literal siguiente: "El día 18 de octubre de
2.002, sobre las 14:00 horas, Bernardo , mayor de edad, nacido el día 12 de febrero de 1.973 y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, en el Centro Penitencario de Monterroso, donde se encontraba interno, agredió con ánimo de menoscabar su integridad, al también interno Pedro Jesús , utilizando para ello una piedra, terrazo, adoquín o similar, envuelto en un calcetín. Como consecuencia de la agresión Pedro Jesús sufrió una herida inciso contusa en el cuero cabelludo de pronóstico leve y que tardó en curar 7 días no impeditivos, precisando para su sanidad tratamiento médico quirúrgico consistente en la aplicación de 4 puntos de sutura metálica (grapas), y quedándole como secuela una...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Tarragona 46/2012, 8 de Febrero de 2012
...y sin haber tenido que entrar ni siquiera en materia de consumidores, coincidimos con aquellas resoluciones judiciales (ver, así, las SSAP Lugo 20-2-2004 y 20-4-2004 ) que cuestionan que el título que se ha presentado a ejecución sea realmente un pagaré. Efectivamente, entendemos que debe i......
-
SAP Tarragona 76/2012, 5 de Marzo de 2012
...y sin haber tenido que entrar ni siquiera en materia de consumidores, coincidimos con aquellas resoluciones judiciales (ver, así, las SSAP Lugo 20-2-2004 y 20-4-2004 ) que cuestionan que el título que se ha presentado a ejecución sea realmente un pagaré. Efectivamente, entendemos que debe i......