SAP Madrid 33, 25 de Enero de 2000

PonenteEDUARDO PEREZ LOPEZ
ECLIES:APM:2000:900
Número de Recurso1155/1998
Número de Resolución33
Fecha de Resolución25 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veinticinco de Enero de dos mil.

La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre cesación de Alimentos Definitivos, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante D. Alexander representado por la Procuradora Dª Teresa Castro Rodríguez y defendido por la Letrada Dª Mª José Ramos Alvarez y de otra como demandos-apelados D. Juan Pedro y D. Luis María , representados por la Procuradora Dª Sara Martin Moreno y defendidos por el Letrado D. José Marquez de Prado Navas, y Dª Celestina , que se encuentra en situación de rebeldía, seguidos por el trámite del juicio de Menor Cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eduardo Pérez López

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, en fecha 14 de septiembre de 1998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo el suplico de la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la Procuradora Dña. TERESA CASTRO RODRIGUEZ, en nombre y representación de D. Alexander , contra D. Juan Pedro y D. Luis María representados por la Procuradora Dª BEATRIZ CALVILLO RODRIGUEZ y contra Dª Celestina , declarada en rebeldía, absolviendo a dichos demandados de los pedimentos contra ellos deducidos en la demanda e imponiendo al actor el pago de las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes personadas, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, no siendo interesado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 19 de enero de 2000, tuvo lugar con asistencia de los letrados de las partes personadas, que informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las...

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