SAP Madrid, 14 de Enero de 2002

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA
Número de Recurso783/2000
Fecha de Resolución14 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a catorce de Enero de dos mil dos.

La Sección Decimocuarta de la Audiencia, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Verbal sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Collado Villalba, seguido entre partes, de una como apelante Mutua Madrileña Automovilista Sociedad de Seguros a Prima Fija, y de otra como apelado Munat Seguros y Reaseguros S.A y Don Hugo .

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Sánchez Plaza ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Collado Villalba, en fecha 29 de mayo de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador Don José María Muñoz Ariza en nombre y representación de la Entidad "Munat Seguros y Reaseguros S.A", condeno a Don Hugo y a la Entidad "Mutua Madrileña Automovilista a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 717.764 pesetas (SETECIENTAS DIECISIETE MILSETECIENTAS SESENTA Y CUATRO PESETAS) más el interés legal desde la presentación de la demanda con expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado, alegando lo que estimó oportuno a su derecho. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dió traslado del mismo a la parte apelada, quien impugnó el recurso de apelación interpuesto. Elevándose los autos junto con dichos escritos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 8 de enero de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales pertinentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan, en cuanto no se opongan ni contradigan a lo que luego se dirá, los antecedentes fácticos y la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La acción que por subrogación se ejercita se ejercita en este procedimiento por "MUNAT", se fundamenta en el artículo 1.902 del Código Civil, para reclamar el importe de los daños del vehículoMercedes propiedad de su asegurado al que indemnizó (717.764 pesetas), producidos en el accidente de tráfico en el que aparece implicado el vehículo Volkswagen-Polo que conducía su titular, el demandado Don Hugo , al amparo de seguro concertado con la también de...

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