SAP Madrid 1378/2000, 16 de Octubre de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
ECLIES:APM:2000:13933
Número de Recurso219/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1378/2000
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

SENTENCIA N° 1378/2000

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN QUINTA

Ilmos. Sres.

Magistrados:

D. Francisco Javier Vieira Morante

D. Arturo Beltrán Núñez

D. Jesús Angel Guijarro López

En Madrid a dieciséis de octubre del dos mil.

Vistos por esta Sección 5 de la Audiencia Provincial de esta capital, en Audiencia Pública y en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. n° 390/99 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal n° 24 de Madrid , seguidos por supuesto delito de receptación, siendo apelante Jose Manuel , apelado y parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Vieira Morante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 12 de Mayo de 2000 la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Gutiérrez Suarez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal núm 24 de los de esta capital, dictó sentencia en el juicio oral núm 390/1999, cuyos hechos probados y Fallo son los siguientes:

Hechos probados." Resulta probado y expresamente declara, que el acusado Jose Manuel , mayor de edad y sin antecedentes penales, teniendo en su poder y a su nombre la moticicleta YAMAHA 1000 matrícula BZ-....-ZV , acudio al garaje situado en la C/ DIRECCION000 n° NUM000 (Urb. Molino de la Hoz) de las Rozas -Madrid-, garaje que forma parte de la propiedad del otro acusado (sin que se haya acreditado participación alguna en estos hechos) Everardo , mayor de edad y sin antecedentes penales, del que su hijo, el otro acusado Braulio , mayor de edad y sin antecedentes penales, se dedicaba a pequeñas reparaciones de motos de sus amigos y conocidos, sin que asimismo se acreditara conociera la procedencia de las piezas que reparaba, con el objeto que el colocara en la referida moto y con conocimiento de su ilícita procedencia, ciertas piezas de la moto YAMAHA 1000 de matrícula F-....-FK , propiedad de Lorenza , quehabía sido sustraída del garaje de la C/ DIRECCION001 , NUM001 de Madrid, el día 6 de Diciembre de 1996, sin que se haya acreditado la autoría de este robo.

Las piezas referidas colocadas en la moto del acusado Jose Manuel , fueron encontradas tras una diligencia de entrada y registro en el mencionado garaje, el día 21 de Enero de 1997 y el chasis de la moto sustraída, fue encontrado y recuperado en un lago sito en la misma Urbanización "Molino de la Hoz" de la localidad de las Rozas.

Los gastos que suponen el arreglo de la moto, no han sido tasados pericialmente."

Fallo.- "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Jose Manuel como responsable de un delito de receptación, ya circunstanciado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y a la tercer aparte de las costas, debiendo indemnizar a Lorenza de Madrid Egea, en la cantidad en que se tasen en ejecución de Sentencia, los gastos necesarios para el arreglo de la motocicleta, absolviéndolo de los delitos de robo con fuerza y falsedad, por los que venía siendo acusado.

Que debo ABSOLVER y ABSUELVO libremente a Everardo , de los delitos de robo con fuerza y de falsedad por el que venía siendo acusado, asimismo por el de receptación interesado de forma alternativa.

Que debo ABSOLVER y ABSUELVO libremente a Braulio de los...

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