SAP A Coruña 282/2006, 21 de Julio de 2006

PonenteRAFAEL JESUS FERNANDEZ-PORTO GARCIA
ECLIES:APC:2006:1735
Número de Recurso278/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución282/2006
Fecha de Resolución21 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

PRESIDENTE ILMO. SR.

DON JUAN ÁNGEL RODRÍGUEZ CARDAMA

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

DOÑA MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA

DON RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

En La Coruña, a veintiuno de julio de dos mil seis.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 278 de 2006, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores Magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto en los autos de juicio verbal, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Carballo, ante el que se tramitaron bajo el número 221/2004 , en los que son parte, como apelante, la demandante "AEGÓN SEGUROS GENERALES, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS", con domicilio en Madrid, calle Príncipe de Vergara, 156, con número de identificación fiscal A-83.050.922, representada por el Procurador don Luis-Ángel Painceira Cortizo, y dirigida por el Abogado don José-Manuel González-Novo Martínez; y como apelado, la demandada "JESÚS PEDROUZO, S.L.", con domicilio en Carballo (La Coruña), calle San Juan, 7-bajo, con número de identificación fiscal B-15.411.432, representada por la Procuradora doña Bibiana Flores Rodríguez, bajo la dirección de la Abogada doña Asunción Fieira Busto; versando la apelación sobre reclamación de cantidad importe de prima anual por seguro de vehículos a motor.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 24 de mayo de 2005, dictada por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Carballo, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente: "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Cambón Penedo, en nombre y representación de Aegón Seguros Generales, S.A., contra Jesús Pedrouzo, S.L., con imposición a la actora de las costas causadas".

SEGUNDO

Presentado escrito preparando recurso de apelación por "Aegón Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros", se dictó providencia teniéndolo por preparado, emplazando a la parte para que en término de veinte días lo interpusiera, por medio de escrito. Deducido en tiempo el escrito interponiendo el recurso, se dio traslado por término de diez días, presentándose por "Jesús Pedrouzo, S.L." escrito de oposición. Con oficio de fecha 3 de abril de 2006 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia con fecha 21 de abril de 2006, fueron turnadas a esta Sección. Entregadas el 5 de mayo de 2006 se registraron bajo el número 278/2006, y se dictó providencia admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente, y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personó en esta alzada el Procurador don Luis-Ángel Painceira Cortizo en nombre y representación de "Aegón Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros", en calidad de apelante; y efectuando de igual modo su personamiento la Procuradora doña Bibiana Flores Rodríguez, en nombre y representación de "Jesús Pedrouzo, S.L.", en calidad de apelada. Se tuvo por personados a los mencionados, en las representaciones que acreditaban, quedando el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de 15 de mayo de 2006 se señaló para votación y fallo el pasado día 18 de julio de 2006.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado don RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

No se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - "Jesús Pedrouzo, S.L." concertó el 19 de enero de 2001 una póliza de seguros del ramo de automóviles con la entidad "Aegón Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros", contratando diversas coberturas para un determinado vehículo tipo camión. En la póliza se pactó la renovación anual automática, y una prima anual a abonar de una sola vez. Esta póliza se fue renovando anualmente, habiendo abonado la prima correspondiente al año 2003-2004 por un importe de 1.400,90 euros.

  2. - Puesto al cobro el recibo de la prima correspondiente al período 19 de enero de 2004 a 19 de enero de 2005, por un importe de 1.557,40 euros, fue impagado por el asegurado. En abril de 2004 "Aegón Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros" remitió una carta al "Jesús Pedrouzo, S.L." reclamándole su abono. Posteriormente, en junio de 2004 formuló demanda en juicio monitorio pretendiendo...

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