SAP Vizcaya 400/2005, 1 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN
ECLIES:APBI:2005:2122
Número de Recurso239/2004
Número de Resolución400/2005
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 400/05

PRESIDENTEDª. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ

MAGISTRADOS

Dº. LEONOR CUENCA GARCÍA

Dº. MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN

En la Villa de Bilbao, a 1 de septiembre de 2005.

Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio Ordinario nº 1006/02 sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Bilbao y del que son partes como demandante DOÑA Erica representado por el Procurador D. German Apalategui Carasa y dirigido por la Letrada Dña. Victoria Vicario Sollet, y como demandado MUDANZAS FLIPPERS INTERNACIONAL S.L. representado por la Procuradora Dña. Marta Ezcurra Fontan y dirigido por el Letrado D. Pablo Acha Castresana, siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN

ANTECEDENTES

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 29 de diciembre de 2003, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador D. Germán Apalategui Carasa en nombre y representación de Dª Erica contra Mudanzas Flippers International S.L.:

1) Debo declarar y declaro que la expresada demandada es responsable por la pérdida de los siguientes muebles entregados por la demandante para su transporte: 1) Escultura en bronce "El Espejo de Medusa", 2) Su pedestal de madera y 3) Mesita pequeña.

2) Debo condenar y condeno a la expresada demandada a abonar a la demandante la indemnización que se liquidará en ejecución de sentencia a razón de 3,61 euros por kilogramo de los referidos muebles perdidos, más el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha del Auto que establezca dicha indemnización.

Todo ello sin imposición de costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Erica y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

TERCERO

Para la votación y fallo del presente recurso se señaló el día y hora correspondiente.

CUARTO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales, haciéndose constar que la duración de los soportes audiovisuales que documentan el acto de audiencia previa y acto del juicio es de 9 minutos 24 segundos y 1 hora 20 minutos y 21 segundos, respectivamente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se alza la recurrente contra la sentencia de instancia, que tan solo parcialmente ha dado lugar a la estimación de su demanda, en un alegato impugnatorio en que, en síntesis,...

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