SAP Zamora 54/2002, 12 de Febrero de 2002

PonenteJESUS GONZALEZ OLIVEROS
ECLIES:APZA:2002:104
Número de Recurso23/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución54/2002
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

SENTENCIA Nº. 54

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 24 de septiembre de 2001, en los autos del procedimiento civil, verbal, numero 85/01, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia de Zamora nº 4, y promovido entre las partes, de una como Apelante D. Cosme , demandado, representado por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Robledo Navais, y bajo la dirección del Letrado D. ManuelRodríguez Soto, y de la otra, como Apelado D. Luis Pedro y Dª Angelina , demandantes, cuya representación ostenta el Procurador D. José-Luis Fernández Muñoz, y bajo la dirección del Letrado D. José-Luis Barba Palao, sobre resolución de contrato.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia

PRIMERO

En los autos de los que este Rollo trae razón, por el Juzgado de 1ª Instancia de Zamora nº 4, en fecha 24 de septiembre de 2001, se dictó sentencia, cuyo fallo textualmente dice: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. José Luis Fernández Muñoz, en nombre y representación de D. Luis Pedro y Dña. Angelina , dirigido por el Letrado D. José Luis Barba Palao, contra D. Cosme , representado por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Robledo Navais y dirigido por el Letrado D. Manuel Rodríguez Soto, procede condenar al demandado a abonar alactor la cantidad de CIENTO TRIENTA MIL PESETAS (130.000 ptas)en concepto de rentas impagadas, y declarar resuelto el contrato de arrendamiento que celebraron las partes y que tuvo por objeto las fincas rústicas que se describen en el hecho primero de la demanda, por falta de pago de las rentas pactadas y, consecuentemente, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio deldemandado D. Cosme de dichas fincas, apercibiéndole que si no la desaloja en fecha 30 de septiembre de 2001, será lanzado de ella a su costas; todo ello con expresa imposición de costas al demandado"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la parte apelante se interpuso recurso de apelación, dándose el trámite previsto en el art. 457 y concordantes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que las actuaciones fueron elevadas a esta Sala, en donde se siguió su tramitación de acuerdo con lo establecido en el art. 464, y una vez cumplido dicho trámite se señaló el día 6 de febrero de 2002 para la votación y fallo, que tuvo lugar en el día señalado.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo ponente el Ilmo.Sr. D. JESÚS GONZÁLEZ OLIVEROS, quien expresa el parecer de la Sala.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de instancia.

SEGUNDO

Se alza, el presente recurso de apelación contra la sentencia de instancia que estimando en su integridad la demanda deducida en el procedimiento, condenó al demandado al pago de las cantidades adeudadas al actor en concepto de renta y, derivadas del contrato suscrito entre ambos, de las fincas rústicas litigiosas descritas en el hecho primero de la demanda, declarando resuelto el anterior contrato y procediendo al correspondiente desahucio de las fincas arrendadas, todo lo anterior, con imposición de las costas del procedimiento.

Por la parte demandada, se opone al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de instancia interesando la confirmación de la misma sobre la base de los argumentos expuestos en su escrito de oposición y los propios de la sentencia.

TERCERO

Alega el recurrente en defensa del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Castellón 198/2008, 6 de Mayo de 2008
    • España
    • 6 Mayo 2008
    ...julio de 2004, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara de fecha 25 de febrero de 2004, la Sentencia de la audiencia Provincial de Zamora de fecha 12 de febrero de 2002 y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca de 24 de febrero de 2003 ) existiendo otras resolucio......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR