SAP Zamora 78/2005, 4 de Julio de 2005
Ponente | PEDRO JESUS GARCIA GARZON |
ECLI | ES:APZA:2005:235 |
Número de Recurso | 66/2005 |
Número de Resolución | 78/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª |
Resumen:
FALTA DE CAUSACION DE MALES POR ANIMALES (631)
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
ZAMORA
SENTENCIA: 00078/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL
ZAMORA
-------------Rollo nº : 66/2005
J. Faltas nº : 15/2005
Contra los intereses generales
Procedencia: Juzgado de Instrucción de Puebla de Sanabria
---------------------------------------S E N T E N C IA Nº 78
En la ciudad de Zamora a 4 de Julio de 2005.
VISTOS por la Ilm. Sr. D. Pedro Jesús García Garzón, Magistrado de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos del Juicio Verbal de Faltas nº 15/05, seguido por una falta contra los intereses generales, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 1 de Puebla de Sanabria , en virtud de los recursos interpuestos por la representación procesal de D. Carlos Antonio , siendo apelados D. Gabino , y
antecedentes de hecho
Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Puebla de Sanabria se dictó sentencia con fecha 28/4/2005 y en la que se declara probado que: "PRIMERO.-El día 13 de Marzo de 2005, varias vacas propiedad de Carlos Antonio pastaban libremente por el interior de un predio de nombre " DIRECCION000 " y perteneciente a Gabino , causando diversos daños en la finca, la cual se encontraba sembrada. Dichas vacas pastan libremente por el pueblo, y en días anteriores también causaron daños en las otras fincas propiedad de Gabino llamadas " DIRECCION001 ", " DIRECCION002 ", " DIRECCION003 " "y la " DIRECCION004 ", fincas que se encuentran sembradas de centeno, y causando daños en las mismas por un total de 105,06 céntimos de Euros.El denunciante pudo acercarse a tres de las vacas, las cuales portaban los siguientes crotales: 9356, 5.749, 6267, y que son propiedad del acusado.Igualmente el día 18 de Marzo del presente año, las vacas volvieron a entrar en su DIRECCION001 " causando daños en la misma, al igual que en el resto de las fincas de su propiedad, hechos ocurridos en días anteriores.
Todas las fincas propiedad del denunciante se hallan cerradas con cuerda y plástico."
En la parte dispositiva de la citada sentencia se contiene el siguiente pronunciamiento: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Carlos Antonio como autor responsable de una falta contra los intereses generales prevista en el art. 631 C.P a la pena de 20 días multa a razón de 10 Euros diarios, asi como a que indemnice a Gabino en la cantidad de CIENTO CINCO CON SEIS Euros (105,06 €) y al abono de las costas procesales causadas".
Contra dicha resolución se recurrió por la representación procesal de D. Carlos Antonio , en base a las alegaciones que constan en su escrito de interposición y que se dan por reproducidas. Dado traslado del recurso a las demás partes, se impugnó expresamente dicho recurso en base a las alegaciones que constan en su escrito y que se dan por reproducidas.
Recibidos los autos en la Audiencia, se formo el correspondiente rollo de apelación, y habiendo correspondido de conformidad con las normas de reparto a la Ilmo. Sr. D. Pedro Jesús García Garzón, por diligencia de ordenación del Sr. Secretario, pasaron las actuaciones al mismo para la resolución procedente.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Se aceptan los hechos probados de la Sentencia de instancia.
Se aceptan los hechos probados y los fundamentos de derecho de la sentencia objeto del presente recurso en tanto no queden modificados o afectados de algún modo por los fundamentos de derecho de la presente sentencia.
Contra la sentencia de instancia se interpone recurso de apelación por el condenado con fundamento en los siguientes motivos: Infracción por aplicación indebida del artículo 631 del Código penal , pues la vacas propiedad del acusado no tienen la condición de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Cáceres 26/2015, 21 de Enero de 2015
...se produce la agresividad de los mismos,que ha de estar necesariamente en relación con el caso particular en que esta se aprecia, SAP Zamora de 4-7-2005, lo que realmente se sanciona, STS 31-3-2010, es el comportamiento del propietario o guardador que los dejaren con potencialidad de causar......
-
SAP Cáceres 83/2014, 6 de Marzo de 2014
...era un perro peligroso, pese a lo cual nada pudo hacer ante la reacción del mismo. Expuestas las alegaciones de las partes, digamos, SAP Zamora, 4-7-2005, que la agresividad del animal se ha de deducir de las circunstancias en las que se produce el ataque del animal y de la peligrosidad del......