SAP Zamora 31/2005, 17 de Febrero de 2005

PonenteANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO
ECLIES:APZA:2005:38
Número de Recurso367/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución31/2005
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 31

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente/a

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.

Magistrados/as

D.PEDRO JESÚS GARCIA GARZON

D.ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO.

--------------------------------------------------------------En la ciudad de ZAMORA, a diecisiete de Febrero de dos mil cinco.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos dePROCEDIMIENTO ORDINARIO 4622003, seguidos en el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de BENAVENTE, RECURSO DE APELACION (LECN) 367/2004 ; seguidos entre partes, de una como apelante EXCAVACIONES GORGOJO S.L., representada por el Procurador D. JOSE DOMINGUEZ TORANZO, y dirigida por el Letrado D. VICTOR LOPEZ RODRIGUEZ, y de otra como apelada PALMA MUDARRA S.L., representada por el Procurador D. ENRIQUE ALONSO HERNANDEZ y dirigid por el Letrado D. CARLOS MAXIMO MARIA REPISO JIMENEZ.

Actúa como Ponente, el Iltmo Sr. D.ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de BENAVENTE, se dictó sentencia de fecha 30-07-2004 , cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Luis Domingo Fernández Espeso en nombre y representación de la entidad mercantil PALMA MUDARRA S.L., debo condenar y CONDENO a la entidad INDUSTRIAS Y CONSTRUCCIONES GORGOJO S.L. a abonar a la demandante la cantidad de QUINCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (15.746,38 euros) con el interés legal desde la presentación de la demanda, condenando asimismo a la demandada al pago de las costas de este juicio".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 10-02-2005.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Por la representación de la entidad Industrias y Construcciones Gorgojo SL se impugna la resolución alegando como motivos: 1.- que la rebeldía no implica allanamiento. 2.- prescripción del derecho de crédito reclamado. 3.- Cumplimiento defectuoso del servicio prestado por el transportista.

TERCERO

Con carácter previo se impone llevar a cabo un examen de los antecedentes obrantes en las actuaciones y así, resulta: 1.- Que por la entidad palma Mudarra SL se presentó con fecha 18/11/2003 demanda de procedimiento ordinario contra la entidad hoy recurrente, Industrias y Construcciones Gorgojo SL, turnada al Juzgado nº 2 de Benavente, en la que se ejercitaba acción de reclamación de cantidad como consecuencia de los transportes realizados durante el año 2001 por la actora a favor de la demandada en vehículos de aquella, girándose las correspondientes facturas y se firmaron los correspondientes albaranes. Antes de la presente reclamación, la actora presentó papeleta de conciliación, no acudiendo la recurrente al acto. 2.- Admitida la demanda y...

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