SAP Zaragoza 273/2002, 3 de Mayo de 2002

PonenteMARIA ESTHER LACOSTA MUSGO
ECLIES:APZ:2002:1066
Número de Recurso403/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución273/2002
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS SETENTA Y TRES

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Eduardo Navarro Peña

Esther acosta usgo

En la Ciudad de Zaragoza a TRES de MAYO de dos mil dos.

En nombre de S.M. el Rey

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2001 por el Juzgado de Primera Instancia número Seis de Zaragoza, en autos de separación seguidos con el número 1009/2000, de que dimana el presente rollo de apelación numero 403/2001 en el que han sido partes, apelante , la demandante DOÑA Marisol , representada por el Procurador Sr. Moreno Gómez y asistida del Letrado Sr. Ferrer Serrano y también apelante el demandado DON Esteban , representado por la Procuradora Sra. Gracia Romero y asistido del Letrado Sr. Perez Caballero, interviniendo el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA Esther acosta usgo, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Moreno Gómez, en nombre y representación de Doña Marisol contra su esposo D. Esteban , debo acordar y acuerdo la separación de dichos cónyuges, sin hacer declaración sobre costas en la tramitación de este procedimiento.

Como efectos de esta resolución se tendrá en cuenta los siguientes:

  1. -Se atribuye a Doña Marisol , la guarda y custodia de los hijos, Asunción y Rodrigo , compartiendo ambos progenitores la patria potestad.

  2. - El Sr. Rodrigo podrá visitar y tener consigo a sus hijos, fines de semana alternos desde las 21 horas del viernes hasta las 21 horas del domingo, así como la mitad de las vacaciones escolares de Verano, Navidad y Semana Santa, debiendo ponerse de acuerdo los progenitores en la elección del período, y para el caso que no lo hagan, el padre elegirá los años pares y la madre los impares.La recogida y entrega de los menores se llevará a cabo en el domicilio materno.

  3. - Se atribuye a la esposa y los hijos menores del matrimonio, el uso del domicilio conyugal, sito en Utebo (Zaragoza), URBANIZACIÓN000 , NUM000 , NUM000 NUM001 NUM002 .

  4. - Don Esteban deberá entregar a su esposa la cantidad de 100.000 ptas mensuales, en concepto de pensión de alimentos para los hijos (50.000 ptas mensuales por hijo), cantidad que deberá ingresar, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que la esposa designe y que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el I.P.C. publicado por el I.N.E. u Organismo análogo que le sustituya.

  5. - En concepto de pensión compensatoria, el Sr. Esteban , deberá entregar en la cuenta que éste designe dentro de los cinco primeros días de cada mes, y que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el I.P.C. publicado por el I.N.E. u Organismo análogo que le sustituya.

  6. -Que el pago de las mensualidades del contrato de adquisición de la vivienda conyugal, y que asciende mensualmente a la cantidad de 100.000 ptas./mes, deberán ser sufragadas al 50% por ambos cónyuges; dicha vivienda cuya entrega no se ha efectuado, constituirá la futura residencia familiar que habrá de ocupar la esposa y los hijos.

  7. - Se atribuye al esposo el uso del vehículo motocicleta X-....-XF , y del ciclomotor Gilera C 1001342 y a la esposa se atribuye el uso del vehículo matricula K-....-UK .

No ha lugar al resto de lo solicitado por parte de la actora en su escrito de demanda, relativo a la adjudicación de bienes de la sociedad conyugal.

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por las representaciones procesales de los respectivos apelantes, la demandante Doña Marisol y el demandado Don Esteban , se interpusieron en tiempo y forma...

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