SAP Melilla 49/2006, 11 de Mayo de 2006
Ponente | JUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES |
ECLI | ES:APML:2006:125 |
Número de Recurso | 28/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 49/2006 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 49
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. José Luís Martín Tapia
MAGISTRADOS:
D. Mariano Santos Peñalver
D. Juan Rafael Benítez Yébenes
En Melilla a once de mayo de dos mil seis.-La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida a este efecto por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto los autos de Juicio Verbal nº 306/05, sobre reclamación de cantidad, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta Ciudad, en virtud de demanda formulada por la Procuradora Dª Concepción Suárez Morán, en nombre y representación de D. Juan Pablo , asistida de la Letrada Dª Mª Asunción Collado Martín, contra la Compañía de Seguros GES representada por la Procuradora Dª Cristina Cobreros Rico asistida de la Letrada Dª María José Varo Gutiérrez, y contra la entidad mercantil INTERCONS XXI S.L.U., en situación procesal de rebeldía; cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de Recurso de Apelación interpuesto por la expresada Compañía de Seguros demandada contra la sentencia dictada en la precitada instancia judicial; siendo Ponente para la redacción de esta sentencia el Ilmo. Sr. D. Juan Rafael Benítez Yébenes.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.
En el proceso de referencia el día catorce de octubre de dos mil cinco se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Suárez Morán, en nombre y representación de D. Juan Pablo , frente a INTERCONS XXI S.L.-en situación de rebeldía procesal- y GES SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representada por la Procuradora Cobreros Rico, debo condenar y condeno solidariamente a las referidas demandadas a satisfacer al actor 497,67 euros y las costas ocasionadas en la tramitación del presente procedimiento. Si la cantidad objeto de condena fuera satisfecha por la aseguradora se le aplicará el interés estipulado en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha 14 de diciembre de 2004 hasta la data de su íntegro abono."
Contra dicha resolución la Procuradora Dª Cristina Cobreros Rico, en la representación acreditada de la Compañía de Seguros GES interpuso recurso de apelación alegando esencialmente que no está probada la veracidad de lo manifestado en su denuncia por el Sr. Juan Pablo , ni tampoco está probado que la empresa INTERCONS XXI S.L. tuviera concertado en la fecha del supuesto siniestro un contrato de seguro con la Cía. GES, y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando que se dicte nueva sentencia estimando el recurso y revocando la apelada en cuanto al pronunciamiento de condena que en ella se contiene contra dicha parte, con imposición al actor de las costas causadas en ambas instancias.
Admitido a trámite, se dio traslado a las demás partes personadas a efectos de oposición al recurso o, en su caso, impugnación de la resolución apelada. Evacuando dicho trámite, la Procuradora Sra. Suárez Morán, en la representación acreditada del actor D. Juan Pablo , presentó escrito de oposición al recurso alegando...
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