SAP Melilla 51/2005, 3 de Junio de 2005
Ponente | JUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES |
ECLI | ES:APML:2005:180 |
Número de Recurso | 46/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 51/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 51
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. José Luís Ruiz Martínez
MAGISTRADOS:
D. Mariano Santos Peñalver
D. Juan Rafael Benítez Yébenes
En Melilla a tres de junio de dos mil cinco.-La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida a este efecto por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal nº 273/04, sobre reclamación de cantidad, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta Ciudad , en virtud de demanda formulada por D. Luis Angel , contra D. Sergio representado por el Procurador D. Fernando Luís Cabo Tuero asistido del Letrado D. Antonio José Cabo Tuero; cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en la precitada instancia judicial; siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Rafael Benítez Yébenes.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.
En el proceso de referencia el día veintitrés de julio de dos mil cuatro se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la pretensión formulada por D. Luis Angel frente a D. Sergio , representado por el Procurador Cabo Tuero, absolviendo al referido demandado de las pretensiones instadas frente a él, con expresa imposición de las costas ocasionadas en la tramitación del presente procedimiento al actor."
Contra dicha resolución, el demandante D. Luis Angel interpuso recurso de apelación alegando que fue él quien corrió con los gastos de los aparatos contadores de la finca, y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando la estimación de sus pretensiones.
Admitido a trámite, se dio traslado a la contraparte a efectos de oposición al recurso o, en su caso, impugnación de la resolución apelada, quien presentó alegando que los argumentos del demandante contradicen las pruebas documentales aportadas a su instancia, y terminó suplicando que se dicte sentencia desestimatoria de la apelación y confirmatoria en su integridad de la sentencia recurrida, con imposición de costas al apelante. Y tras los trámites de rigor, fueron remitidos los autos a esta Sala para la resolución del recurso formulado.
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