SAP Valladolid 28/1998, 23 de Enero de 1998

PonenteMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
Número de Recurso621/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución28/1998
Fecha de Resolución23 de Enero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid

SENTENCIA Nº 28

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL VALLADOLID

Sección Primera

Ilmos. Srs. Magistrados:

D. Jesús Manuel Sáez Comba

D. Francisco Javier Cambón García

D. Miguel Ángel Sendino Arenas

En Valladolid, a veintitrés de Enero de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio de Menor Cuantía nº 375/97-A del Juzgado de 1ª Instancia núm. Uno de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelante "TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL", con domicilio social en Madrid, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y asistido del Letrado D. Andrés García Valderrábanos; y de otra, como demandada- apelada "CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA", con domicilio social en Salamanca, representado por el Procurador Sr. Gallego Brizuela y asistido del Letrado D. Ángel Rodríguez Sáinz; sobre reconocimiento de deuda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia núm. Uno de Valladolid, por el mismo se dictó sentencia con fecha 1 de Octubre de 1.997 , cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Moreno Gil en nombre y representación de la Tesorería General de la Seguridad Social debo absolver y absuelvo a la Caja de Salamanca y Soria de las pretensiones contra ella solicitadas, condenando a la actor al abono de las costas procesales". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de la actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y celebrándose la correspondiente vista el pasado día 20 de Enero, con asistencia de los Procuradores y Letrados mentados, que informaron a la Sala, solicitando se dictara sentencia de conformidad con sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Sendino Arenas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social frente a Caja Salamanca y Soria, para el reconocimiento de una deuda por importe de

2.880.520 ptas. originada por retrocesión de prestaciones indebidamente percibidas por determinados pensionistas ya fallecidos, a través de cuentas corrientes o libretas abiertas en la entidad demandada. Argumenta el Juzgador "a quo" que la obligación que tanto el beneficiario como la entidad financiera tienen de proceder a la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas, es una obligación única y de naturaleza solidaria que está sometida a un mismo plazo de prescripción de cinco años, que en el caso de la deuda de autos ya había transcurrido.

Contra esta Sentencia se alza la entidad actora alegando, en síntesis, errónea calificación de la naturaleza...

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