SAP Valladolid 335/2005, 28 de Octubre de 2005

PonenteJOSE RAMON ALONSO-MAÑERO PARDAL
ECLIES:APVA:2005:1251
Número de Recurso339/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución335/2005
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 335

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a veintiocho de Octubre de dos mil cinco.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de proceso de división patrimonial nº 117/2004 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Valladolid , seguido entre partes, de una como demandante-apelante D. Rodrigo , mayor de edad y con domicilio en Baracaldo, que ha estado representado por la procuradora Dª Mercedes Luengo Pulido, bajo la dirección de la abogada Dª Patricia Arrinda Sanzberro, y como demandada apelante por impugnación Dª Juana , mayor de edad y con domicilio en Laguna de Duero, que ha estado representada por el procurador

D. Santiago Donis Ramón y defendida por la abogada Dª Doris Benegas Haddad; sobre formación de inventario.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 4 de marzo de 2005, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: Estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sra. Luengo Pulido en nombre y representación de D. Rodrigo , frente a Dª Juana , debo acordar y acuerdo que el inventario de la sociedad objeto del presente pleito está integrado por una única partida del activo: Wolkswagen Passat WE-....-EG . No se hace expresa declaración sobre costas.TERCERO.- Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación del demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte demandada se presentó escrito de impugnación de la sentencia, del que se dio traslado al apelante principal para alegaciones. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 27 de octubre, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Valladolid procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial habido en el matrimonio formado por D. Rodrigo y Dª Juana -régimen económico matrimonial que ha sido el de separación de bienes, pese a que de forma insistente en el procedimiento y tanto por el Juzgado como por las partes se aludía al régimen de la sociedad legal de gananciales-, se interpone ahora recurso de apelación por ambos litigantes contra la sentencia dictada en la instancia, al objeto de resolver la controversia suscitada en la diligencia de formación de inventario en relación con el contenido y alcance de las partidas integrantes del pasivo, dado que en relación con la única partida del activo -vehículo Volkswagen Passat, matrícula WE-....-EG -, no surgió controversia alguna.

SEGUNDO

El recurso de apelación que interpone el sr. Rodrigo cuestiona la decisión de la Juez de Instancia de compensar el crédito que ostentaba aquél al tiempo de interesarse la formación del inventario por la cuotas satisfechas del...

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