SAP Valencia 546/2005, 30 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2005:4135
Número de Recurso511/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución546/2005
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

SENTENCIA Nº: 546

SECCION SEPTIMA:

Ilustrísimos Señores Magistrados:

Presidenta:

Dª Mª del Carmen Escrig Orenga.

Magistrados:

D José Antonio Lahoz Rodrigo

Dª Asunción Sonia Mollá Nebot

En la Ciudad de Valencia a 30 de septiembre de 2005.

Vistos ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario nº263-04, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Moncada , entre partes, de una como demandante-apelada D.Q Mobiliario Integral de Cocina S.L, dirigido por el Letrado D. Antoni López Pedrós y representado por el Procurador Doña Silvia Gastaldi Orquin; y de otra como demandado-apelante Sdad.de Restauración la Salud S.L., dirigido por el Letrado Don Vicente Rausell Castillo y representado por el Procurador Don Ignacio Aznar Gómez.

Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Mª del Carmen Escrig Orenga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia número dos de los de Moncada

, en fecha 24 de febrero de 2005 , se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de la entidad D.Q.Mobiliario Integral de Cocina S.L., contra la mercantil Sociedad de Restauración La Saud S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que tan pronto sea firme la presente resolución abone a la actora la cantidad de

10.000 euros mas los intereses legales, todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas del procedimiento ."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el demandado se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a ésta Audiencia, repartiéndose la apelación a la Sección Séptima, formándose el oportuno Rollo y turnándose de Ponencia, y señalándose para VOTACIÓN Y FALLO, el día 26 de Septiembre de 2005.TERCERO. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones formalidades legales, desde su interposición ante el Juzgado de instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesal de la mercantil D Q Mobiliario Integral de Cocina S.L. formuló demanda de juicio ordinario contra la mercantil Sociedad de Restauración la Salud S.L. reclamando el pago de 10.305,14 €, importe de las obras ejecutadas consistentes en la construcción de una nave desmontable de madera con estructura de hierro, invocando que ante los reiterados incumplimientos de la demandada, pues no pagaba las cantidades a las que se había obligado, acordaron resolver el contrato, facturando el importe de todos los trabajos efectivamente ejecutados.

La parte demandada no contestó a la demanda pero tanto sus alegatos en la audiencia previa como la prueba propuesta a su instancia se centró en que la obra estaba mal ejecutada y su calidad era deficiente, por lo que no estaba obligada a su pago.

La sentencia de instancia estima en parte la demanda condenando a pagar 10.000 €, pretensión contra la que se alza la parte demandada invocando diversos motivos de revocación que analizaremos de forma detallada. La parte apelante ha solicitado la confirmación de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

En la resolución del presente recurso de apelación hemos de partir de lo dispuesto en el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su número 4 , conforme al cual >

TERCERO

La parte demandada, como primer motivo de su recurso de apelación invoca que la sentencia incurre en una infracción...

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