SAP Valencia 480/2005, 29 de Julio de 2005
Ponente | ENRIQUE EMILIO VIVES REUS |
ECLI | ES:APV:2005:3775 |
Número de Recurso | 253/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 480/2005 |
Fecha de Resolución | 29 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA nº 4 8 0
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente,
D. Enrique Emilio Vives Reus
Magistrados,
D. Fernando Javierre Jiménez
Dª Maria Fe Ortega Mifsud
En la ciudad de Valencia, a veintinueve de Julio de dos mil cinco.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr D. Enrique Emilio Vives Reus, los autos de Juicio Verbal promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Paterna con el nº 429/03 por la mercantil "Excavaciones y Transportes Hermanos March, S.L" contra la entidad aseguradora "Axa Aurora Ibérica, S.A", sobre reclamación de cantidad, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad aseguradora "Axa Aurora Ibérica, S.A".
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 1 de Paterna en fecha 25 de Octubre de 2.005 , contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil Excavaciones y Transportes Hermanos March S.L, representada por el Procurador de los Tribunales Sra Lidón Jiménez Tirado contra la entidad Axa Aurora Ibérica, representada por el Procurador Sra Sanchos Mendoza, debo condenar y condeno a la referida demandada a que abone al actor la cantidad de 1.347'20 euros, con más el interés legal según el Fundamento Jurídico Tercero y con expresa condena a la demandada en cuanto al pago de las costas causadas."
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la entidad aseguradora "Axa Aurora Ibérica, S.A", admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde oportunamente se tramitó la alzada, con celebración de la vista correspondiente el día 7 de Julio de
2.005, a cuyo acto asistieron los Procuradores y Letrados de aquellas, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Por la mercantil "Excavaciones y Transportes Hermanos March, S.L." se formuló demanda contra Dª Isabel y la entidad aseguradora "AXA Aurora Ibérica, S.A." solicitando en el suplico se condene a los demandados a pagarle la cantidad de 1.347,20 euros. Alega la demandante, como base de su pretensión o causa de pedir, que el día 2 de diciembre de 2.003 el vehículo de su propiedad, marca Land Rover, matrícula Q-.....QL fue colisionado en su parte trasera por el vehículo marca Peugeot matrícula
W-....-WF , que conducía la demandada, a consecuencia de lo cual, el conductor del Land Rover sufrió lesiones y daños el vehículo propiedad de la actora, cuya factura de reparación asciende a la cantidad de
2.646,87 euros. Habiendo satisfecho la aseguradora demandada la factura de reparación y el importe de las lesiones al conductor, no así la factura del alquiler del vehículo por el tiempo que estuvo en el taller para ser reparado y que asciende a la suma de 1.347,20 euros que se reclama en la demanda.
En el acto del juicio la parte actora desistió de su acción con respecto a la demandada Dª Isabel , oponiéndose la entidad aseguradora "AXA" a la demanda, al considerar excesivos los días que estuvo el vehículo en el Taller y por los cuales se le reclama el alquiler de otro vehículo por parte de la demandante, solicitando por ello que se estimara en parte la demanda y se le condenara a pagar el 40% de la factura de alquiler del vehículo, no siendo de aplicación los intereses del artículo 20 de la ley de contrato de seguro y sin que proceda la condena de las costas de primera instancia.
La sentencia...
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