SAP Madrid 55/2009, 16 de Febrero de 2009

PonenteANTONIO GARCIA PAREDES
ECLIES:APM:2009:901
Número de Recurso408/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución55/2009
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID

SENTENCIA: 00055/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7006687 /2008

RECURSO DE APELACION 408 /2008

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 968 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 56 de MADRID

De: INDUSTRIAS ZAMARBU, S.A.

Procurador: ISABEL DEL PINO PEÑO

Contra: CIA ASEGURADORA FIDELIDADE MUNDIAL, S.A

Procurador: Mª CARMEN MORENO RAMOS

Ponente: ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA PAREDES

SENTENCIA Nº55

Magistrados:

ILMO. SR. D.ANTONIO GARCIA PAREDES

ILMA. SRA. D. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

ILMA. SRA. Dª. MARIA JOSEFA RUIZ MARIN

En Madrid a dieciséis de febrero de dos mil nueve. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta

por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.56 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante INDUSTRIAS ZAMARBU, S.A., y de otra, como demandado-apelada CIA ASEGURADORA FIDELIDADE MONDIAL, S.L.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCIA PAREDES.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid, en fecha 12 de febrero de 2008, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Industrias Zamarbu, S.A., representado por el Procurador Dª Isabel del Pino Peño, contra CIA Aseguradora Fidelidade Mondial, S.L., representado por el Procurador Dª Maria del Carmen Moreno Ramos, debo absolver y absuelvo al reseñado demandado de todos los pedimentos efectuados en su contra y con expresa imposición de las costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 11 de febrero de 2009.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo pertinente los Fundamentos Jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los siguientes:

PRIMERO

Planteamiento de la apelación.

La sentencia de primera instancia desestimó la demanda al apreciar la excepción de prescripción de la acción por haber transcurrido más de un año entre la última interpelación extrajudicial y la presentación de la demanda.

Frente a dicha resolución, la entidad actora INDUSTRIAS ZAMARBU S.A. formula recurso de apelación alegando, en síntesis, como motivo de impugnación el error del juzgador de instancia en la valoración de los medios probatorios, particularmente los documentales, en relación con los actos interruptivos de la prescripción, así como con la negociación posterior a la demanda que podía constituir un acto propio de la demandada al contestar a la nueva propuesta de la actora.

SEGUNDO

Sobre la valoración de la prueba respecto de los actos interruptivos de la prescripción.

Del examen del escrito de recurso, así como de la documentación aportada al proceso, resulta acertada la consideración del juzgador de instancia de que la última comunicación que hubo entre la aseguradora...

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