SAP Cantabria 559/2005, 30 de Noviembre de 2005
Ponente | MIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ |
ECLI | ES:APS:2005:2103 |
Número de Recurso | 199/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 559/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 559/05
Iltmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Fernández Díez.
Iltmos. Sres. Magistrados:
Don Bruno Arias Berrioategortúa.
Doña Milagros Martínez Rionda.
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En la Ciudad de Santander a treinta de noviembre de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 393 de 2.004, Rollo de Sala número 199 de
2.005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Laredo , seguidos a instancia de D. Mónica contra Sociedad de Caza "Sociedad de Fomento de Caza y Pesca La Lara" -.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Mónica representada por el Procurador Sr. Llamazares Camy y asistido por el Letrado Sr. García Abascal; y parte apelada Sociedad de Caza " Sociedad de Fomento de Caza y Pesca La Lara ", asistido por el Letrado Sr. Alonso Sánchez.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Laredo, y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha veintiocho de enero de 2.005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de D. Mónica , contra la sociedad de caza Sociedad de Fomento de caza y PescaLa Lara, en reclamación de 7.315 euros e intereses legales de demora, debo declarar y declaro no haber lugar a ella, absolviendo de la misma a la demandada , sin hacer un expreso pronunciamiento sobre las costas del procedimiento".
Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día veintiocho, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no opongan o contradigan a los de la presente resolución, y
Frente a la Sentencia de instancia en que se desestima la acción ejercitada en la demanda y consistente en la reclamación de los daños producidos en diversas reses por el...
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