SAP Cantabria 299/2005, 19 de Septiembre de 2005
Ponente | ESTEBAN CAMPELO IGLESIAS |
ECLI | ES:APS:2005:1740 |
Número de Recurso | 230/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 299/2005 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00299/2005 AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN TERCERA
CANTABRIA
APELACIÓN CIVIL
Rollo núm. 230/2004
Autos de J. Verbal, núm. 1052/2003
Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander SENTENCIA NÚM. 299 / 2005 ------------------------------Iltmos. Sres.
Presidente.
D. AGUSTÍN ALONSO ROCA
Magistrados:
D. ESTEBAN CAMPELO IGLESIAS
D. MARCIAL HELGUERA MARTINEZ
------------------------------En Santander, a diecinueve de septiembre de dos mil cinco.
VISTOS, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander en grado de apelación, los presentes autos de J. Verbal, núm. 1052/2003, procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander , seguidos entre las partes, como apelantes D. Casimiro y D. Matías , teniendo por designado alProcurador Sr. Ruiz Canales, y como apelados a MAPFRE, teniendo por designada a la Procuradora Sra. Torralbo Quintana, y Dña. Lidia , teniendo por designada a la Procuradora Sra. López Neira, actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ESTEBAN CAMPELO IGLESIAS. ANTECEDENTES DE HECHO
Que los autos fueron remitidos a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander y Cantabria de conformidad con lo acordado en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad.
Que por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander, se dictó sentencia, en los mencionados autos, con fecha 8 de abril de 2004 , cuyo fallo dice lo siguiente: "FALLO.- Que desestimando íntegramente la demanda formulada a instancia de D. Casimiro y D. Matías , representados por el Procurador Sr. Ruiz Canales y asistido del Letrado D. José María Iglesias de Castro; contra Dña. Lidia , representada por la Procuradora Sra. López Neira y asistida del Letrado D. Francisco Bárcena Cabrero; y contra la entidad de seguros Mapfre, S.A., representada por el Procurador Sr. Gómez Salceda y asistida de la Letrado Dña. Carmen Pereda Gutiérrez Cortines; debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones formuladas; con imposición de costas a la actora".
Que por la representación legal de D. Casimiro Y D. Matías , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de instancia, confiriéndose los traslados legales, remitiéndose los autos originales a esta Sección, y previos los trámites oportunos, se ha deliberado, votado y fallado el presente recurso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales, salvo el plazo del artículo 465.1 LEC.
Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza por los demandantes Don Casimiro y Don Matías , el recurso interpuesto que invoca error en la valoración de la prueba,...
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