SAP Cantabria 299/2005, 19 de Septiembre de 2005

PonenteESTEBAN CAMPELO IGLESIAS
ECLIES:APS:2005:1740
Número de Recurso230/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución299/2005
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 3ª

SENTENCIA: 00299/2005 AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

CANTABRIA

APELACIÓN CIVIL

Rollo núm. 230/2004

Autos de J. Verbal, núm. 1052/2003

Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander SENTENCIA NÚM. 299 / 2005 ------------------------------Iltmos. Sres.

Presidente.

D. AGUSTÍN ALONSO ROCA

Magistrados:

D. ESTEBAN CAMPELO IGLESIAS

D. MARCIAL HELGUERA MARTINEZ

------------------------------En Santander, a diecinueve de septiembre de dos mil cinco.

VISTOS, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander en grado de apelación, los presentes autos de J. Verbal, núm. 1052/2003, procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander , seguidos entre las partes, como apelantes D. Casimiro y D. Matías , teniendo por designado alProcurador Sr. Ruiz Canales, y como apelados a MAPFRE, teniendo por designada a la Procuradora Sra. Torralbo Quintana, y Dña. Lidia , teniendo por designada a la Procuradora Sra. López Neira, actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ESTEBAN CAMPELO IGLESIAS. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que los autos fueron remitidos a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander y Cantabria de conformidad con lo acordado en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad.

SEGUNDO

Que por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia num. 3 de Santander, se dictó sentencia, en los mencionados autos, con fecha 8 de abril de 2004 , cuyo fallo dice lo siguiente: "FALLO.- Que desestimando íntegramente la demanda formulada a instancia de D. Casimiro y D. Matías , representados por el Procurador Sr. Ruiz Canales y asistido del Letrado D. José María Iglesias de Castro; contra Dña. Lidia , representada por la Procuradora Sra. López Neira y asistida del Letrado D. Francisco Bárcena Cabrero; y contra la entidad de seguros Mapfre, S.A., representada por el Procurador Sr. Gómez Salceda y asistida de la Letrado Dña. Carmen Pereda Gutiérrez Cortines; debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones formuladas; con imposición de costas a la actora".

TERCERO

Que por la representación legal de D. Casimiro Y D. Matías , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de instancia, confiriéndose los traslados legales, remitiéndose los autos originales a esta Sección, y previos los trámites oportunos, se ha deliberado, votado y fallado el presente recurso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales, salvo el plazo del artículo 465.1 LEC.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza por los demandantes Don Casimiro y Don Matías , el recurso interpuesto que invoca error en la valoración de la prueba,...

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