SAP Toledo 110/2006, 11 de Abril de 2006

PonenteEMILIO BUCETA MILLER
ECLIES:APTO:2006:312
Número de Recurso336/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución110/2006
Fecha de Resolución11 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 336 de 2.005, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 5 de Toledo, en el juicio verbal núm. 677/04 , en el que han actuado, como apelante CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, defendido por el Abogado del Estado; y como apelada MAPFRE-MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Villamor López y defendida por los Letrados Sr. López Peces-Barba y Sr. Gómez Ramírez.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,ANTECEDENTES:

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 5 de Toledo, con fecha 28 de marzo de 2.005, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Estimando la demanda promovida por el Consorcio de Compensación de Seguros debo condenar y condeno a Miguel Ángel al pago a la actora de la suma de Quinientos ochenta y cuatro, con doce euros condenando al mismo al pago de las costas y asimismo debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el referido Consorcio de Compensación de seguros contra la Mutualidad de Seguros Mapfre, imponiendo al Consorcio de Compensación de Seguros el pago de las costas causadas a Mapfre Mutualidad de Seguros".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión que se plantea por el Consorcio de Compensación de Seguros se refiere a la interpretación del art. 15 de la Ley de Contrato de Seguros . Tiene señalado el Tribunal Supremo en sentencia de 30 de marzo de 1989, 19 de mayo de 1990, 14 de abril de 1993, 7 de abril de 1994, 9 de marzo de 1996, 18 de junio de 1998 y 8 de junio de 2002 , al interpretar el artículo 15, que se regulan dos situaciones con efectos asegurativos distintos; de un lado, que en caso de impago de la primera o única prima, el asegurador tiene derecho a...

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