SAP Cantabria 495/2005, 27 de Septiembre de 2005

PonenteMARCIAL HELGUERA MARTINEZ
ECLIES:APS:2005:1817
Número de Recurso52/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución495/2005
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 495/05 Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus.

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En la Ciudad de Santander, a veintisiete de septiembre de dos mil cinco. Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio ORDINARIO 473/04, Rollo de Sala núm. 52/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Abelardo ; y parte apelada ALLIANZ S.A., representada por la Procuradora Sra. Dolores Cicero Bra, y defendida por el Letrado Sr. Javier Rey Muñez

Es ponente de ésta resolución El Ilmo. Sr. Don Marcial Helguera Martínez. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 22 de octubre de 2.004 Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando en parte la demanda promovida por D. Abelardo contra ALLIANZ S.A., debo condenar y condeno a la demandada a satisfacer al demandante la suma de 480,81 euros, más el interés legal devengado por dicha cantidad desde su interpelación judicial.Cada parte satisfará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales a excepción del plazo de resolución del recurso debido al número de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Partimos de que la actora en la audiencia previa reclama el valor de mercado, que cifra en 1200 euros.

El Juzgado concede el valor venal, que es el concepto exactamente contratado. En el recurso, la parte apelante desconociendo que es el contrato firmado la única referencia legalmente...

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