SAP Sevilla 317/2002, 14 de Junio de 2002

PonenteCARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ
ECLIES:APSE:2002:2591
Número de Recurso1879/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución317/2002
Fecha de Resolución14 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

SENTENCIA N° 317.-PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCÍA.

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ

En la Ciudad de SEVILLA a catorce de junio de dos mil dos.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, los autos de JUICIO EJECUTIVO núm. 586/99, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Sevilla, donde se ha tramitado a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA S.A., que en el recurso es parte apelada, representado por la Procuradora Sra. Sáenz García contra D. Jorge Y D. Federico , que en el recurso son parte apelante, representados por el Procurador Sr. Gordillo Cañas; HORMIGONES GUIRADO, S.A., Dª Flora y Dª Sonia declarados en Rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 12 de Diciembre de 2.000, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando íntegramente la demanda de juicio ejecutivo interpuesta por la Procuradora Dª Carolina Sáenz García, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya, S.A., contra Hormigones Guirado, S.A., Doña Flora , Doña Sonia , en rebeldía en este pleito y contra Don Jorge y Don Federico , representados por Don Mauricio gordillo Cañas y desestimadas las excepciones opuestas por éste último, mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto proceder al entero y cumplido pago al demandante de la cantidad de cuatro millones cuatrocientas veinticuatro mil quinientas ochenta y dos pesetas (4.424.582 ptas.) de principal; más siete millones seiscientas treinta y tres mil setecientas setenta y seis pesetas

(7.633.776 ptas.) de intereses de mora liquidados a 6/4/99; más intereses de demora al tipo pactado del 29% desde dicha fecha hasta el pago y costas. "

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 12 de Junio de 2.002, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ quien expresa el parecer del Tribunal.

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