SAP Sevilla 205/2000, 14 de Julio de 2000

PonenteJOSE MANUEL HOLGADO MERINO
ECLIES:APSE:2000:3380
Número de Recurso3167/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución205/2000
Fecha de Resolución14 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 205/00

Iltmos, Sres.

D. ELOY MÉNDEZ MARTÍNEZ

D. JOSE MANUEL HOLGADO MERINO

D. JOSE LÁZARO ALARCÓN HERRERA

En Sevilla a Catorce de Julio de dos mil.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, integrada por los Iltmos. Sres reseñados al margen, ha visto los autos del procedimiento abreviado número 379/99, procedentes del Juzgado de lo Penal número 10 de esta capital , seguido por delito de Desobediencia y Contra la Seguridad del Tráfico, contra el acusado Iván , cuyas circunstancias personales ya constan, venido a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del mismo, contra la sentencia dictada por el citado Juzgado, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente en esta alzada el Iltmo. Sr. D. JOSE MANUEL HOLGADO MERINO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 26 de Febrero de 2.000, la Iltma. Sra. Magistrado- Juez de lo Penal n° 10 de Sevilla, dictó sentencia cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo condenar y condeno a Iván como autor penalmente responsable de un delito CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO y otro de DESOBEDIENCIA, infracciones va definidas, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia en el primero y la atenuante de actuar a causa de su grave adicción a las bebidas alcohólicas en el segundo, a la pena de CINCO MESES de multa estableciendo una cuota diaria de 200 ptas con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de DOS AÑOS Y SEIS MESES por el delito contra la seguridad del tráfico y a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN por el segundo delito con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de Desobediencia y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada la misma se interpuso por la representación de Iván , recurso de apelación en tiempo y forma, en base a los motivos que en el cuerpo de esta resolución serán analizados.

TERCERO

Turnadas las actuaciones a esta Sección Tercera se designó ponente al Magistrado señalado al inicio.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista se señaló para deliberación y fallo el día 14 de julio de 2.000.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Discrepa el recurrente respecto de la sentencia dictada en la instancia, al entender que el acusado no conocía las consecuencias...

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