SAP Tarragona 425/2005, 3 de Mayo de 2005

PonenteMARIA PAZ PLAZA LOPEZ
ECLIES:APT:2005:786
Número de Recurso359/2005
Número de Resolución425/2005
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

SENTENCIA

En Tarragona, a tres de mayo de 2005.

Visto ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal por Mª Paz Plaza López , el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Escude Pont, en nombre y representación de Pedro Antonio contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de El Vendrell con fecha 30 de septiembre de 2004 en juicio de faltas número 188/04 , siendo partes apeladas el Ministerio Fiscal y Emilia , representada por el Procurador Sr. Román Gómez, en atención a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la resolución recurrida y;

PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los siguientes hechos:

Se declara probado que el día 31 de mayo de 2003, la denunciante Dª Emilia , no pudo entrar en el apartamento, titularidad de ésta y del denunciado D. Pedro Antonio , sito en la C/ DIRECCION000 Nº NUM000 - NUM001 - NUM002 - NUM002 de Calafell (Tarragona), ya que este último había cambiado las cerraduras de la puerta, sin previo aviso a la denunciante.

SEGUNDO

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Pedro Antonio , como autor responsable de una falta de coacciones, a la pena de MULTA DE 15 días con una cuota diaria de 6 euros, (HACIENDO UN TOTAL DE

90 EUROS), y una responsabilidad personal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y abono de costas procesales."

TERCERO

Contra la mencionada sentencia se interpuso de apelación por la Procuradora Sra. Escude Pont, en nombre y representación de Pedro Antonio con base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.CUARTO- Dado traslado del recurso a las demás partes para que formularan impugnación o adhesión al mismo, por el Ministerio Fiscal y la representación de Emilia se interesa la confirmación de la sentencia tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia en la cual, una vez incoado el correspondiente Rollo y designado el Magistrado Ponente, quedaron los autos sobre la mesa del mismo para resolver.

HECHOS PROBADOS

Se admiten como tales los declarados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia condenatoria de la instancia, el apelante pretende su revocación. Tras exponer elementos como antecedentes a valorar, efectúa una relación de los hechos que a su parecer han resultado probados. Poniendo de relieve el enfrentamiento existente entre los cónyuges, destaca que la denunciante silenció la circunstancia de existir, al tiempo de la denuncia, un auto de medidas provisionales que acreditaba la situación de separación provisional y que en ningún momento interesó el uso de la segunda residencia. En estas circunstancias, indica, el hecho de que la denunciante hubiera extraído varios enseres del apartamento, lo que no fue...

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