SAP Tarragona 425/2005, 3 de Mayo de 2005
Ponente | MARIA PAZ PLAZA LOPEZ |
ECLI | ES:APT:2005:786 |
Número de Recurso | 359/2005 |
Número de Resolución | 425/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª |
SENTENCIA
En Tarragona, a tres de mayo de 2005.
Visto ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal por Mª Paz Plaza López , el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Escude Pont, en nombre y representación de Pedro Antonio contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de El Vendrell con fecha 30 de septiembre de 2004 en juicio de faltas número 188/04 , siendo partes apeladas el Ministerio Fiscal y Emilia , representada por el Procurador Sr. Román Gómez, en atención a los siguientes,
ACEPTANDO los de la resolución recurrida y;
La sentencia recurrida declaró probados los siguientes hechos:
Se declara probado que el día 31 de mayo de 2003, la denunciante Dª Emilia , no pudo entrar en el apartamento, titularidad de ésta y del denunciado D. Pedro Antonio , sito en la C/ DIRECCION000 Nº NUM000 - NUM001 - NUM002 - NUM002 de Calafell (Tarragona), ya que este último había cambiado las cerraduras de la puerta, sin previo aviso a la denunciante.
Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:
"Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Pedro Antonio , como autor responsable de una falta de coacciones, a la pena de MULTA DE 15 días con una cuota diaria de 6 euros, (HACIENDO UN TOTAL DE
90 EUROS), y una responsabilidad personal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y abono de costas procesales."
Contra la mencionada sentencia se interpuso de apelación por la Procuradora Sra. Escude Pont, en nombre y representación de Pedro Antonio con base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.CUARTO- Dado traslado del recurso a las demás partes para que formularan impugnación o adhesión al mismo, por el Ministerio Fiscal y la representación de Emilia se interesa la confirmación de la sentencia tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia en la cual, una vez incoado el correspondiente Rollo y designado el Magistrado Ponente, quedaron los autos sobre la mesa del mismo para resolver.
HECHOS PROBADOS
Se admiten como tales los declarados en la sentencia de instancia.
Contra la sentencia condenatoria de la instancia, el apelante pretende su revocación. Tras exponer elementos como antecedentes a valorar, efectúa una relación de los hechos que a su parecer han resultado probados. Poniendo de relieve el enfrentamiento existente entre los cónyuges, destaca que la denunciante silenció la circunstancia de existir, al tiempo de la denuncia, un auto de medidas provisionales que acreditaba la situación de separación provisional y que en ningún momento interesó el uso de la segunda residencia. En estas circunstancias, indica, el hecho de que la denunciante hubiera extraído varios enseres del apartamento, lo que no fue...
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...del mismo domicilio, máxime en ausencia de resolución judicial que atribuya el uso de la vivienda a alguno de los cónyuges. (v. SAP Tarragona 3 mayo 2005 [JUR 2005, 171093]). núm. 297/2005 ( ión 1ª), de 25 julio 5 [6] SAP Navarra 21 marzo 2005 (JUR 2005, 178). [7] SAP Zaragoza 3 junio 2005 ......