SAP Toledo 72/2001, 2 de Febrero de 2001
Ponente | JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA |
ECLI | ES:APTO:2001:130 |
Número de Recurso | 252/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 72/2001 |
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª |
SENTENCIA
Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección Segunda n°. 252/00, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Illescas, en el Juicio Jurisdicción Voluntaria, núm. 1040/97, en el que han actuado, como apelante Frida , representado por el Procurador Sr.
D. ISABEL PEREZ VERDE, y defendido por el Letrado Sr. D. CARIDAD GALLARDO ALVAREZ; y como apelados Aurora Y Luz , representados por el Procurador Sr. D. MARIA DOLORES RODRIGUEZ MARTINEZ Y MARIA ISABEL CONDE GOMEZ, respectivamente, y defendido por el Letrado Sr. D. JAVIER TOLEDO MARTIN y MARIA DEL MAR PAREDES NAVARRO, respectivamente.
Es Ponente de la causa el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA, que expresa el parecer de la Sección, y son,
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Illescas, con fecha 14-2-2000, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando parcialmente la demanda incidental de impugnación de inventario presentada por el Procurador D. Miguel Díaz del Cerro, en representación de Frida , contra Aurora , representada por la Procuradora Doña Dolores Rodríguez Martínez; y contra Luz , representada por la Procuradora Doña Montaña Villegas Zapardiel, DECLARO que los bienes que han de formar parte del inventario de bienes de los causantes Miguel y Laura son los siguientes: Inmuebles: fincas registrales números NUM000 , NUM001 , NUM002 , NUM003 , NUM004 , NUM005 , NUM006 , NUM007 , NUM008 , NUM009 , NUM010 , NUM011 y NUM012 . Metálico:
1.695.222 pesetas.
Resto de bienes: tractor Massey- Ferguson, matrícula YE-....-YO ; remolque matrícula YA- ....-YA ; sembradora, cultivador, vertederas y discos.".
Contra la anterior resolución y por el DEMANDADO Frida , dentro del término establecido, se interpuesto recurso de apelación, y personadas las partes se formó el oportuno rollo, que siguiendo por su trámites ha dado lugar a la celebración del correspondiente juicio, donde la parte apelante ha solicitado la revocación de la sentencia y se estimen sus pedimentos con expresa condena en costas, en tanto que los apelados instaban la confirmación de la sentencia con condena en costas.
SE REVOCAN los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de la resolución recurrida, por lo que, en definitiva son,
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