SAP Sevilla, 8 de Junio de 1999
Ponente | PEDRO MACARIO MARQUEZ ROMERO |
Número de Recurso | 1539/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla |
SENTENCIA
Ilmos. Sres.
D. Santos Bozal Gil
D. Pedro Márquez Romero
D. Fernando Sanz Talayero.
En la ciudad de Sevilla a ocho de junio de mil novecientos noventa y nueve.
Vistos en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de menor cuantía Número 245 del año 1.997, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia Número 19 de esta capital, a instancias de Don Carlos Manuel y Doña Paula , representados por el Procurador Don Rafael Campos Vázquez, en solicitud de declaración judicial de incapacidad de doña Paula
, siendo parte el MINISTERIO FISCAL.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia Número 19 de esta capital, con fecha veintitrés de julio de mil novecientos noventa y siete , en cuya parte dispositiva se establece que "estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Rafael Campos Vázquez, en nombre y representación de D. Carlos Manuel y Dña Paula , debo declarar y declaro a todos los efectos procedentes en Derecho, la absoluta incapacidad de Dña. Estefanía , para gobernarse por sí misma y administrar sus bienes. Se rehabilita la patria potestad de D. Carlos Manuel y Dña. Paula sobre su hija incapacitada Dña. Estefanía . Líbrese exhorto al Encargado del Registro Civil de Sevilla, al que se acompañará testimonio de esta resolución, a fin de que se practique la inscripción de incapacitación. No ha lugar a realizar pronunciamiento en costas.".
Recurrida dicha sentencia por los demandantes, y admitida la apelación en ambos efectos, se remitieron los autos originales a este Tribunal.
Dada al recurso la tramitación debida, se celebró la vista en el designado día uno de junio pasado, con la asistencia del Letrado de los apelantes, que pidió la revocación parcial de la sentencia recurrida, y del Ministerio Fiscal, que solicitó la confirmación de dicha sentencia.
En la tramitación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Pedro Márquez Romero
Se alzan los actores, Don Carlos Manuel y Doña Paula , contra la sentencia dictada enprimera instancia, en la que, acogiendo la pretensión esencial de la demanda, se declaró a todos los efectos procedentes en Derecho, la absoluta incapacidad de Doña Estefanía , para gobernarse por sí misma y administrar sus bienes, rehabilitándose la patria potestad de los actores, que, mediante esta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Pontevedra 667/2009, 23 de Diciembre de 2009
...de voto, sobre todo si consideramos que dicho ejercicio solo requiere una manifestación de voluntad, para la que, como dice la SAP Sevilla de 8 de junio 1999, resulta necesaria no tanto un determinado nivel de raciocinio o de conocimiento, sino la expresión de una opinión o decisión persona......