SAP Sevilla, 8 de Marzo de 2002

PonenteCONRADO GALLARDO CORREA
ECLIES:APSE:2002:1046
Número de Recurso857/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Don José Herrera Tagua

Don Corvado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 8 de marzo de 2002.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos incidentales n° 715/2000 sobre divorcio, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 6 de Sevilla, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Leonardo , mayor de edad y vecino de Sevilla, representado por el Procurador Doña Concepción Fernández del Castillo Cámara y defendido por el Abogado Don Rafael Gómez González, contra Doña Montserrat , mayor de edad y vecina de Sevilla, representada por el Procurador Don Pedro Gutiérrez Cruz y defendida por el Abogado Doña Pilar López Peregrin. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 27 de septiembre de 2001, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Doña Concepción Fernández del Castillo Cámara, en nombre y representación de DON Leonardo , contra DOÑA Montserrat , representado por el Procurador de los Tribunales Don Pedro Gutiérrez Cruz, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio por ello contraídos en fecha 9 de marzo de 1974 con el mantenimiento de las medidas adoptadas en Sentencia de Separación de fecha 16 de mayo de 1990, recaídas en autos número 1082/89 de este mismo Juzgado y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a las partes".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido elmismo se elevaron los autos originales a este Tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 8 de marzo de 2002 para la deliberación y Fallo, en cuya fecha tuvo lugar.

Tercero

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Corvado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte actora apela la sentencia de primera instancia en el sólo extremo en el que deniega la reducción de la pensión compensatoria que ha de abonar a la demandada de las 20.000 pesetas mensuales que paga actualmente a la cifra de 10.000 pesetas mensuales, alegando, en esencia, que concurren tres circunstancias que justifican la reducción pedida cuales son el hecho de que tiene una hija a la que ha de sostener, la...

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