SAP Badajoz 125/1998, 4 de Abril de 1998

PonenteJESUS PLATA GARCIA
Número de Recurso603/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución125/1998
Fecha de Resolución 4 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz

SENTENCIA núm. 125/1998

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Ramiro Valiña Medivilla

D. Enrique Martínez Montero de Espinosa

D. Jesús Plata García

En la población de BADAJOZ, a 4 de abril de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Procedimiento del art. 41 de la Ley Hipotecaria núm. 131/97 -; Recurso Civil núm. 603/97; Juzgado de Primera Instancia de Zafra-1*»], en virtud de demanda formulada por D_A. Elisa , D_A. Gabriela , D_A. Magdalena y D_A. Pilar , representadas por el Procurador de los Tribunales D. JOAQUIN GUTIERREZ LUNA, defendidas por el letrado D. MATIAS RAMOS NAVARRO seguida contra D. Juan representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. MARIA ISABEL PANIAGUA GARCIA, defendido por el letrado D_A. MARIA VICTORIA GARCIA GARCIA sobre Procedimiento del art. 41 de la Ley Hipotecaria .

«- ANTECEDENTES DE HECHO -»

PRIMERO

En mencionados autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia de Zafra-1, se dicta sentencia de fecha 1 de diciembre de 1997 , la que contiene el siguiente:

FALLO: Desestimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Gutierrez Luna en representación de D_A. Elisa , D_A. Gabriela , D_A. Magdalena y D_A. Pilar contra D. Juan , representado por la Procuradora Sra. PANIAGUA GARCIA y, en consecuencia, ABSUELVO al citado demandado de los pedimentos formulados en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora

Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta AudienciaProvincial, RECURSO DE APELACION por D_A. Elisa , D_A. Gabriela , D_A. Magdalena y D_A. Pilar , representadas por el Procurador de los Tribunales D. JOSE GARCIA GUTIERREZ, defendidas por el letrado

D. MATIAS RAMOS NAVARRO, admitido en ambos efectos, acordándose seguidamente remitir los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, compareciendo en la alzada, a efectos de impugnación, el apelado D. Juan , representado por el Procurador de los Tribunales Dña. MARIA TERESA SANCHEZ SIMON-MUÑOZ, defendido por el letrado D_A. MARIA VICTORIA GARCIA GARCIA; todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 603/97 de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, señalán-dose la vista de la misma, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes, en el modo y forma que reseña el Acta al efecto levantada, que informaron lo que estimaron por conveniente y, termi-nada aquélla, quedaron los autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

VISTOS, siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Jesús Plata García que expresa el parecer unánime de la Sala.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

»

PRIMERO

Postula la recurrente se desestime la demanda de contradicción y por cuanto no concurrente la situación arrendaticia y respecto a la finca rústica a que la litis se contrae; finca que fue cedida, a título gratuito, por su causante y en orden a impedir, por residir fuera de la población, que aludida finca desmejorase por su falta de cultivo. De contrario se mantiene la preexistencia de un arrendamiento parciario si bien el importe o parte que correspondía a la arrendadora y por razones de amistad y vecindad se entregaba en mano [a excepción de las rentas o equivalente] que se acredita documentalmente en los autos.

En materia de precario esta Sala se ha pronunciado en diferentes resoluciones precedentes; así la Sentencia núm. 297/1997, de 5 de septiembre, disponía como doctrina general la siguiente:

Se define, en la jurisprudencia, la institución o figura jurídica del precario como:

la ocupación sin título, o en virtud de un título nulo o que...

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