SAP Badajoz 44/2003, 4 de Febrero de 2003
Ponente | MATIAS RAFAEL MADRIGAL MARTINEZ-PEREDA |
ECLI | ES:APBA:2003:159 |
Número de Recurso | 15/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 44/2003 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª |
SENTENCIA núm.
44/2003
Iltmos. Sres. Magistrados
D. Enrique Martínez Montero de Espinosa
D. Jesús Plata García
D. Matías Madrigal Martínez Pereda (Ponente)
En la población de BADAJOZ, a 4 de febrero de dos mil tres.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Procedimiento Ordinario núm. 1/02-; Recurso Civil núm 15/03; Juzgado de Primera Instancia de Badajoz-2 *»], en virtud de demanda formulada por D. Emilio , D. Leonardo , D. Andrés y AXA AURORA IBÉRICA S.A; representados por el Procurador de los Tribunales D. JUAN CARLOS ALMEÍDA LORENCES; defendidos por el Letrado D JOSÉ LUIS PRIETO FERNÁNDEZ; contra DÑA. Montserrat ; representada por el Procurador de los Tribunales D HILARIO BUENO FELIPE; defendida por el Letrado D. LEOPOLDO JOSÉ LÓPEZ CACENAVE; y como codemandada la Compañía de Seguros ALLIANZ RAS; representada por la Procuradora de los Tribunales DÑA FRANCISCA NIEVES GARCÍA; y defendida por el Letrado D. CARLOS GALEANO; Sobre «Reclamación de daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos de motor.»
«- ANTECEDENTES DE HECHO -»
en mencionados autos se dictó sentencia con fecha 13/09/2002 por el Iltmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia de Badajoz-2, cuyo fallo es el siguiente:
Condeno a doña Montserrat y a la Compañía "Allianz Ras" a pagar solidariamente DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS con CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (2687,43 euros) a don Emilio , SEISCIENTOS VEINTISIETE EUROS con DIEZ CÉNTIMOS ( 627,10 euros) a don Leonardo y otros TRES CIENTO SIETE EUROS con SESENTA Y CINCO CENTIMOS ( 307,65 euros) a "Axa Aurora Ibérica,S.A.". Segundo.- Condeno a "Allianz Ras" a pagar los intereses moratorios devengados por las citadas cantidades a partir de la fecha de esta sentencia y a razón de un 20% anual. Tercero.- Desestimo la petición de don Andrés por prescripción de su acción. Cuarto.- Desestimo la demanda presentada por doña Montserrat , en su propio nombre y en el de sus hijos Doña Yolanda , Don Víctor y Doña Dolores . Quinto.-No se hace condena en costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN; por DÑA Montserrat ; representada por el Procurador de los Tribunales D HILARIO BUENO FELIPE; defendida por el Letrado D LEOPOLDO JOSÉ LÓPEZ CACENAVE; emplazando a las demás partes por un plazo de díez días para que presentasen escrito de oposición al recurso o en su caso de impugnación; impugnando el recurso interpuesto; la COMPAÑÍA DE SEGUROS ALLIANZ RAS; representada por la Procuradora de los Tribunales DÑA FRANCISCA NIEVES GARCÍA; y defendida por el Letrado D CARLOS GALEANO; oponiéndose también al recurso D. Emilio , DON Leonardo
, D. Andrés , y la COMPAÑÍA DE SEGUROS AXA AURORA IBÉRICA. S.A; representados por el Procurador de los Tribunales D. JUAN CARLOS ALMEÍDA LORENCES; y defendidos por el Letrado; D. JOSÉ LUIS PRIETO FERNÁNDEZ; formalizado el trámite de oposición al recurso; conforme a lo establecido en el art 463 de la Ley 1/2000 se remitieron los autos a este Tribunal para la resolución del recurso de apelación interpuesto; registrándose y turnándose el mismo de ponencia, correspondiéndole el nº 15/2003; no habiéndose celebrado vista pública; a pesar de haberse propuesto por la parte apelante pruebas testifical y de reconocimiento judicial las cuales fueron desestimadas por esta Sala mediante Auto de 23/01/2003; quedando los autos sobre la mesa de la Sala y proveyentes para sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
Vistos siendo ponente el Magistrado Iltmo Sr D. Matías Madrigal Martínez Pereda, que expresa el parecer unánime de la Sala.
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