SAP Alicante 500/1997, 13 de Octubre de 1997
Ponente | JOSE MARIA RIVES SEVA |
Número de Recurso | 296/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 500/1997 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 1997 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante |
SENTENCIA N° 500/97
Iltmos. Sres:
D. FRANCISCO JAVIER PRIETO LOZANO
D JOSÉ CEVA SEBASTIA
D. JOSE MARIA RIVES SEVA
En la Ciudad de Alicante, a trece de octubre de mil novecientas noventa y siete.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala n° 296-C/97) los autos de Juicio de interdictó n° 283/96 en su dio incoados ante el Juzgado de 1ª instancia n° 4 de Elche en virtud de recurso de apelación entablado par la demandante DIRECCION000 " o quien por ello interviene en esta alzada en su condición de recurrente, representado por el Procurador Sr. Tormo Moratalla y asistido por el Letrado Sr. Marcos Torres y como parte apelada la demandante D. Bruno , representado por el Procurador Sr. Saura Sarua.
Por el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Elche en los referidos autos tramitados con el numero 283/96 se dictó con fecha 24-2-97 sentencia , cuya parle dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO Que estimando la demanda origen de este procese, debo declarar y declaro haber lugar al interdictó de recobrar la posesión, por haber sido el actor despojada del paso por la calle Francisco Canto, mandando que inmediatamente sea repuesto en la misma mediante la apertura de la puerta metálica que impide el acceso con vehículo, condenando a la demandada la pago de cestas, daños y perjuicios causados.
Todo ello sin perjuicio de tercero, y reservando a las partes el derecho que pudieren tener sobre la propiedad o posesión definitiva, el que podrán utilizar en el juicio correspondiente.
Notifíquese alas partes, con instrucción del recurso, plazo y órgano.
Contra la indicada resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el demandante DIRECCION000 " recurso que fue admitido a tramite emplazándose á las partes ante esta Audiencia Provincial, elevándose la causa a este Tribunal donde se formo el correspondiente Rollo bajo el n° 296-C/97 designándose seguidamente Magistrado Ponente.
Comparecidas las partes y previa la tramitación pertinente, se señaló día y hora para la celebración de la vista que la Ley Procesal previene, y en cuyo acto la defensa Letrada de la recurrentesolicitó la revocación de la sentencia apelada, y la estimación de la demanda.
VISTOS: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. JOSE MARIA RIVES SEVA
Esta misma Sala ya ha tenido ocasión de pronunciarse reiteradamente, y muestra de ello es la sentencia de 23 de febrero de 1.996 , en el sentido que el recurso de apelación dado su condición de medio de impugnación ordinario, atribuye al tribunal de segundo grado la potestad necesaria para valorar y tener en cuenta, sin condicionamiento alguno, todas las pruebas practicadas en primera instancia, incluso con discrepancia dei criterio que al respecto hubiera podido adoptar el juez de instancia, adquiriendo por, ello el tribunal de apelación plena jurisdicción para resolver todas las cuestiones de hecho o de derecho que se planteen por las partes, puesto que cual indica la sentencia del Tribunal Superior de 2 de febrero de 1 995 , la apelación traslada al órgano superior ante el que se interpone plena jurisdicción sobre el caso en idéntica situación a la del juzgado de instancia, no solo en lo que respecta ala subsunción de los hechos en las normas jurídicas, sino para la determinación de tales hechos a través de la valoración de la prueba. Sin embargo, y sin perjuicio de lo expuesto, no puede...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Pontevedra 384/2006, 3 de Octubre de 2006
...y al ulterior despojo de la posesión, para la fijación del momento inicial del cómputo del término anual (A 439.1 LEC/00 y SAP Alicante 13-X-97; Lugo 26-II-02 ). En todo caso, tampoco se acredita el alcance y ejecución continuada de la primera fase de ejecución del muro de contención, de he......
-
El proceso para retener y recobrar la posesión
...esta autora, la jurisprudencia es confusa en este punto, destacándose hasta tres posible posiciones, de acuerdo con la SAP de Alicante de 13 de octubre de 1997 (El derecho, marginal 1997/14157) y la SAP de Pontevedra de 8 de febrero de 1999 (El Derecho 1999/5005): en primer lugar, la que en......