SAP Alicante 633/2002, 22 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA GRACIA SERRANO RUIZ DE ALARCON
ECLIES:APA:2002:5133
Número de Recurso336/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución633/2002
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 633/2002

ROLLO DE APELACION Nº 336/02

JUICIO DE FALTAS Nº 1069/01

JUZGADO DE 1ª Instancia Nº 2- antes Mixto núm 4- de Elche.

En la Ciudad de Elche, a veintidós de Noviembre de dos mil dos

La Iltma Sra. Dª Gracia Serrano Ruiz de Alarcón, Magistrado de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial con sede en la Ciudad de Elche, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de Mayo de 2002, dictada por el antes JUZGADO DE INSTRUCCIÓN núm 4, Hoy 1ª Instancia núm 2 de Elche, en Juicio de Faltas nº 1069/01, sobre Falta contra los Intereses Generales, habiendo actuado como parte apelante D. Marcelino y Dª Carina , dirigida por el Letrado Sra. Peña Piqueras, y como parte apelada, D Victor Manuel , representado por el Procurador Sr. Castaño García con la dirección del Letrado Sra. Llopis Parra y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El día 25 de mayo de 2001, Carina y su marido Marcelino paseaban con su caniche por los alrededores de su domicilio. Cuando pasaban junto al chalet propiedad de Victor Manuel , la puerta del mismo se abrió automáticamente al accionar éste el mando a distancia desde el vehículo en que llegó. Del interior del recinto salieron corriendo tres perros propiedad de Victor Manuel , que estaban sueltos.

Los mismos se abalanzaron sobre Carina tirándola al suelo y produciéndole erosiones leves en la parte superior de la rodilla derecha. Estas heridas sólo requirieron para su sanidad una primera asistencia facutlativa. De ellas tardó en curar 10 días. Tres de ellos estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, permaneciendo en proceso de sanación no impeditivo otros siete días.

Por su parte Marcelino sufrió ansiedad secundaria a esa situación estresante, el ataque de los perros a su mujer. Para su curación sólo precisó una primera asistencia facultativa. Tardó en curar cuatro días durante los cuales no estuvo impedido para sus ocupaciones habituales.

Victor Manuel tenía concertado con la cía. María Teresa un segundo que cubre los daños causados por los perros de su propiedad."

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Debo condenar y condeno a Victor Manuel como autor de una falta contra los intereses generales ya definida, a la pena de 30 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y a que indemnice a Carina en la cantidad de 282,97 euros y a Marcelino e la cantidad de 90,04 euros en concepto de responsabilidad civil, así como al pago de las costas causadas."

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma, por la parte apelante , se interpuso el presente recurso , que fue admitido a trámite, elevándose las actuaciones a esta Audiencia, donde, previa formación del rollo nº 336/02, de esta Sección Séptima, quedaron sobre la mesa para su resolución.

CUARTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el...

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