SAP Alicante 303/2003, 10 de Junio de 2003

PonenteJAVIER GIL MUÑOZ
ECLIES:APA:2003:2394
Número de Recurso291/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución303/2003
Fecha de Resolución10 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA NÚM. 303 / 03

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José de Madaria Ruvira.

Magistrado: D. José Teófilo Jiménez Morago.

Magistrado: D. Javier Gil Muñoz.

En la ciudad de Elche, a diez de Junio de dos mil tres.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio de interdicto de recobrar seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Orihuela , de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, D. Carlos , habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr. Tormo Ródenas y dirigida por el Letrado Sr. Rives Fulleda, y como apelada la parte actora , D. Octavio , representada por el Procurador Sr. Alfonso Rosendo con la dirección del Letrado Sr. Gómez Devesa.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Orihuela en los referidos autos, tramitados con el núm. 294/00, se dictó sentencia con fecha 1 de Febrero de2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. Luis Vera Saura en representación de D. Octavio , contra D. Carlos , debo condenar y condeno a D. Carlos a reponer al demandante D. Octavio en la posesión de las luces que percibía a través de los huecos referidos en los hechos de la demanda y a tal fin a quitar la chapa soldada a los hierros existentes en la ventana del hueco mayor y quitar la pintura del cristal existente en la ventana del cuarto de aseo de la referida vivienda, reponiendo las cosas al estado anterior que tenían. Todo ello con la imposición al demandado del pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, en tiempo y forma, dándose traslado por término de diez días a las demás partes para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, presentado escrito de oposición al recurso , remitiéndose seguidamente los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 291/03, en el que se señaló para la deliberación y votación el día 28 de Mayo de 2.003, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, a excepción del término para dictar sentencia por razones preferentes de índole penal.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Javier Gil Muñoz.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso insistiendo en la falta de legitimación pasiva ya alegada en instancia y que, como bien se dice en la resolución recurrida, abarca todo el objeto del proceso puesto que en ningún momento se niega por la demandada ni el hecho de la posesión por la contraparte, ni la existencia...

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