SAP Almería, 29 de Mayo de 2003

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2003:808
Número de Recurso96/2003
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. NICOLAS POVEDA PEÑAS

En la Ciudad de Almería, a veintinueve de mayo de dos mil tres.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo número 96 de 2003, el Procedimiento Abreviado número 452 de 2002, procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería, por delitos de desobediencia y contra la seguridad del tráfico, siendo apelante Diego , cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Dª. Pilar Rubio Mañas y defendido por el Letrado D. Miguel Rodríguez Martínez, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería en la referida causa se dictó sentencia de 27 de enero de 2003, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Se declara probado que, sobre las 6,00 horas del día 2 de junio de 2002, el acusado Diego , mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo Renault 18 GTS, matricula H-....-HB por el kilómetro 64,200 de la Ctra. A-334, término municipal de Cantoria, con sus facultades psicofísicas disminuidas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas, hasta el punto de llegar a perder el control del vehículo y salirse de la vía. Personada la Guardia Civil, que previamente habían sido avisados del accidente, procedieron a practicar la prueba de alcoholemia, realizando el acusado, después de muchos intentos fallidos, una primera muestra que arrojó un resultado de 0,50 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, requerido para la segunda prueba, el acusado se negó a ello, siendo apercibido por los agentes de las consecuencias de su negativa si persistía en su actitud, en ese momento el acusado dirigió a unos de los agentes con expresiones tales "me cago en tus muertos", insultos que siguió profiriendo durante toda la actuación de la fuerza de seguridad. Presentaba el acusado como signos externos comportamiento desinhibido, arrogante, insultante y nada colaborador, habla pastosa, ojos velados y brillantes, pupilas dilatadas, halitosis alcohólica muy fuerte de cerca, rostro pálido, expresión con repetición de frases o ideas, incoherencias y falta de conexión lógica de las expresiones y deambulación titubeante".

TERCERO

Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que debo CONDENAR Y CONDENO comoresponsable de a) un delito contra la seguridad del tráfico; b) un delito de desobediencia, concurriendo la atenuante de embriaguez no habitual respecto a este; y c) una falta contra el orden público a Diego , a las penas, por el delito a) de multa de 3 meses con una cuota diaria de 6 Euros; y privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 año y 1 día; y por el delito b) 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; por la falta c) multa de 20 días con una cuota diaria de 6 euros y al pago de costas".

CUARTO

Por la representación procesal de Diego se interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación mediante escrito, en el que se fundamentó la impugnación, solicitando la revocación de la sentencia recurrida y que en su lugar se dicte otra que absuelva de los delitos de los que es acusado.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas quienes interesaron, el Ministerio Fiscal la...

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