SAP Almería 390/1999, 12 de Noviembre de 1999

PonenteMARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID
Número de Recurso135/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución390/1999
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 390 /99

En Almería a doce de noviembre de mil novecientos noventa y nueve .

Visto en grado de apelación por esta Audiencia Provincial constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, por la Iltma. Sra. Magistrada Dª Soledad Jiménez de Cisneros Cid , el Rollo Nº l35/99 Juicio de Faltas Nº 449/98, seguido en el Juzgado de Instrucción Nº l de Berja por Falta de amenazas y como apelante Luz cuyas circunstancias personales constan en la sentencia recurrida. representado por Procurador D. Francisco Ruiz Reyes y defendido por Letrado D.José Ramos Ballester y apelado Alicia defendida por Letrado D. Jaime Martín Martín , no siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan como relación de trámite y antecedentes de hecho los de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Nº l de Berja en los referidos autos de Juicio de Faltas, se dictó Sentencia con fecha 26-7-99 cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: Que el día 22 de noviembre de l.998, sobre las ll,30 horas se encontraba Alicia en la calle con su perro cuando su vecina Luz al verla salir con el perro y portando un bote da Raigón en las manos le dijo que le iba a dejar el perro ciego y que después iba a ir a por ella, la tenía vigilada constantemente.

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo: Que debo condenar y condeno a Luz , como autora responsable de una falta tipificada en el art. 620.lº del c. P. a la pena de ocho mil pesetas (8.000 pesetas) de multa y al pago de las costas procesales. Caso de impago de la multa sufrirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

CUARTO

Por la representación procesal de la referida se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, interesando en su escrito los motivos que figuran en el mismo.

Del recurso se dio traslado a las otras partes personadas.

QUINTO

Remitidas las actuaciones a este Tribunal donde se formo Rollo de Sala , turnándose de ponencia y se trajeron los autos para sentencia en día l2 de noviembre l.999.

Se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS:

UNICO.- Se aceptan los así declarados en la resolución impugnada. .

FUNDAMENTOS DE DERCHO:

PRIMERO

Siendo tan solo el objeto de impugnación la infracción del art. l30.5 C.P. por inaplicación,el presente debe ceñirse tan solo a la contemplación de si existió o no prescripción, cuestión que fue propuesta de modo subsidiaria en al primera...

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