SAP Almería 30/2002, 14 de Febrero de 2002

PonenteMARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID
ECLIES:APAL:2002:219
Número de Recurso154/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución30/2002
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA NUM.

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. TARSILA MARTINEZ RUIZ

MAGISTRADOS

Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS Y CID

D. ALVARO NUÑEZ IGLESIAS

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En la Ciudad de Almería a, catorce de Febrero de dos mil dos.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 154/01, los autos procedentes del Juzgado de Instruc. nº 4 de Almería, antiguo (M-9) seguidos con el número 388/00, sobre J. Cognición entre partes, de una como apelante Schindler, S.A., representado por el Procurador D. Angel Vizcaíno Martínez, y dirigida por el letrado D. Juan J. Bautista Navarro y, de otra como apelado Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 , NUM000 Fase representadas por el Procurador Dª. Mª Pilar Rubio Mañas y dirigidas por el Letrado Dª. Amalia Salvador Mena.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº Juzgado de Instruc. nº 4 de Almería, antiguo (M-9) en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 6-09-01, cuyo Fallo dispone: " Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Vizcaíno Martínez, en nombre y representación de Schindler, S.A. frente a la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 NUM000 Fase, debo absolver y absuelvo a la referida demandada de los pedimentos en su contra efectuados, imponiendo a la parte actora las costas procesales causadas en el procedimiento ".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte apelante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo correspondiente, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la votación y fallo , la que tuvo lugar el 13-02-02, solicitando el Letrado de la parte apelante la revocación de la sentencia de instancia y en su lugar dicte otra por la que se estime íntegramente la demanda, y todo ello con expresa imposición de costas a la demandada y el Letrado de la parte se estimen los pedimentos contenidos en el escrito de impugnación al recurso de apelación.CUARTO.- En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS Y CID

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No se aceptan los de la sentencia impugnada.

SEGUNDO

Frente a la sentencia de instancia que desestimaba la acción de reclamación de daños y perjuicios por parte de Schindler frente a la Comunidad de propietarios EDIFICIO000 , en virtud de resolución unilateral de contrato de mantenimiento de ascensores, se alza el actor en esta alzada, alegando error en la calificación jurídica del contrato de litis e infracción del art. 1254 C.C.

Apreciada por la juzgadora la nulidad de la cláusula contractual que regula la duración del contrato de mantenimiento invocada por la demandada, al amparo del art. 10 y Ley 26/84 de defensa de los Consumidores y Usuarios.

Conviene antes de iniciar examen de fondo efectuar siguientes precisiones.

La Ley de los Consumidores y usuarios en su artículo 10 suministra criterios para sancionar con ## las cláusulas contractuales que supongan gravisimas alteración de la prescripción de igualdad y equivalencia....

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