SAP Badajoz 317/2000, 13 de Octubre de 2000

PonenteISIDORO SANCHEZ UGENA
ECLIES:APBA:2000:1284
Número de Recurso64/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución317/2000
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

SENTENCIA N° 317/00

ILTMOS. SRES

PRESIDENTE

SR. ISIDORO SANCHEZ UGENA

MAGISTRADOS

SR. CARAPETO MARQUEZ DE PRADO

SR. PAUMARD COLLADO

Recurso Civil n° 0064/00.........

Autos n° 0272/99 ..................

Juzg 1ª Ins e Inst n° 8 de Badajoz:

En BADAJOZ, a trece de Octubre de dos mil.

Vistos, en trámite de apelación ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los Autos n° 0272/00, procedentes del Juzg 1ª Ins e Inst n° 8 de Badajoz , sobre MENOR CUANTÍA en los que aparece como apelante Sandra , asistido del Procurador Sr. PEDRO CABEZA ALBARCA y defendido por el Letrado MARÍA JOSEFA BOTET REBOLLO, y como parte apelada Edurne Y María Inés asistido del Procurador Sr. JUAN CARLOS ALMEIDA LORENCES y defendido por el Letrado SANTIAGO PACHECO MENDOZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 25-1-2000 dictó el Iltmo Sr. Magistrado Juez del Juzg 1ª Ins e Inst n° 8 de Badajoz.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: " Que desestimo íntegramente la demanda deducida a instancias de doña Sandra , representada por el Procurador SR. Cabeza Albarca, contra doña Edurne , María Inés , representadas por el Procurador Sr. Almeida Lorences y contra Marí Trini y Guadalupe , y, en consecuencia, les absuelvo de cuantas pretensiones se contienen en aquélla, sin hacer pronunciamiento de condena en costas sobre ninguna de las partes.".

TERCERO

Contra expresada sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, que le fue admitido en ambos efectos, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites, señalándose día y hora para la vista oral del recurso que tuvo lugar y en el que las partes personadas alegaron lo que a su derecho estimaron conveniente.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.VISTO siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr ISIDORO SANCHEZ UGENA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia objeto del presente recurso de apelación no ha entrado a conocer del fondo del asunto debatido. Porque en su extensa argumentación se ha entendido, en síntesis, que por parte de los actores no se han seguido los trámites establecidos en los arts. 1088 y ss de la LEC , ya que, conforme se dice en la resolución apelada, en los supuestos, como en el presente, en el que el opositor no insta el juicio declarativo que corresponda, se le ha de tener por conforme con las operaciones particionales practicadas, por lo que en el supuesto examinado, se debió tener por conforme a los hoy demandados y recurridos.

SEGUNDO

Este Tribunal no comparte la tesis mantenida en la resolución apelada por las siguientes razones:

1) La parte demandada no ha alegado en ningún momento excepción procesal alguna de inadecuación...

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