SAP Barcelona, 13 de Marzo de 2002

PonenteELENA SELLART OLLEARIS
ECLIES:APB:2002:3023
Número de Recurso604/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Undécima

ROLLO Nº 604/01

COGNICION N° 220/00

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 BARCELONA SENTENCIA Nº

Ilmos Sres.

D. JOAQUIN DE ORO PULIDO LOPEZ

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. HELENA SELLART OLLEARIS

En la ciudad de Barcelona, a trece de Marzo de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Cognición número 220/00 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Barcelona, a instancia de D. Luis Carlos , representado por el/la Procurador/a D./Dª Roser Castelló Lasauca y dirigido por el/la Letrado/a D./Dª Miguel Palou, contra Dª Nieves , representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. Jesus Acin Biota, y dirigido por el/la Letrado/a J. Bassols los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Luis Carlos , contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de febrero del 2001, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Luis Carlos contra Dª. Nieves , debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones formuladas en su contra. Se imponen las costas causadas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Luis Carlos mediante su escrito motivado, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día SIETE DE MARZO DE DOS MIL DOS.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Magistrada Dª. HELENA SELLART OLLEARIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Corroborando lo dicho en la Sentencia de Primera Instancia, la Sra. Nieves compra regalos valiéndose de la tarjeta indistinta del establecimiento "El Corte Inglés", que poseía junto con su marido actual apelante), para realizar compras especialmente para sus hijos y padres. Las compras fueron realizadas en diciembre de 1999 y el matrimonio inició su proceso de separación en febrero del 2000, no constando revocación expresa ni tácita se entiende que hubo...

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