SAP Burgos 503/2004, 19 de Noviembre de 2004

PonenteARABELA CARMEN GARCIA ESPINA
ECLIES:APBU:2004:1336
Número de Recurso491/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución503/2004
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 503

SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS

Burgos, a diecinueve de Noviembre de dos mil cuatro.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Burgos, constituida por los Ilmos. Sres. D.

Agustín Picón Palacio, Presidente; Dª Arabela García Espina y D. Ramón Ibáñez de Aldecoa Lorente, Magistrados, siendo Ponente Dª Arabela García Espina, pronuncia la siguiente:

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación nº 491 de 2003, dimanante de Juicio Ordinario nº 9 de 2003, del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Villarcayo , sobre indemnización por daños y perjuiciosresponsabilidad extracontractual, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 31 de Julio de 2003 , siendo parte, como demandantes-apelantes DOÑA Valentina , DON Bruno , DON Luis Antonio Y DON Serafin , representados en este Tribunal por la Procuradora Doña Paula Gil-Peralta Antolín, y defendidos por el Letrado D. José Maria Fernández López, y de otra, como demandado-apelado-impugnante DON Raúl , ( Titular del Coto de Caza acotado NUM000 ), representado en este Tribunal por el Procurador D. Eugenio Echevarrieta Herrera y defendido por el Letrado D. José Félix Echevarrieta Iñigo,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la resolución apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr./Sra. Infante Otamendi en nombre y representación de Valentina , Bruno , Luis Antonio , y Serafin , frente a Raúl representado por la Procuradora Robles Santos, debo condenar y condeno al demandado a que abone: -1.225,46 Euros a Valentina .- 1.135,79 Euros a Bruno .- 405,91 Euros a Luis Antonio .- 909,27 Euros a Jesús Manuel . 2.- Dichas cantidades devengarán el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta su completo pago.- 3.- Se declaran las costas de oficio".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Doña Valentina , D. Bruno , D. Luis Antonio y D. Serafin , se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a Derecho.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia que estimando parcialmente la demanda condena al demandado D. Raúl , titular del Coto de Caza nº NUM000 de Criales de Losa a abonar a los actores como cultivadores de las fincas relacionadas en la demanda el beneficio neto de las mismas, fijado pericialmente, en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en las fincas por los jabalíes del coto, formula recurso de apelación la parte actora para que, salvando el error meramente aritmético sufrido en el informe pericial acompañado en la demanda, y correlativamente en esta, se conceda el beneficio bruto de las fincas, y no solo el neto, esto es el precio de venta fijado por el Kilo de cereal correspondiente a las superficies afectadas, sin descontar el coste de producción como ha hecho la sentencia recurrida.

Se opone la parte demandada al recurso de apelación de la parte actora y además impugna la sentencia alegando 1º.- indefensión por no haber tenido intervención en la elaboración del informe pericial realizado a instancia de la parte actora; 2º.- por que ante la posibilidad de que la medición pericial realizada tenga un error de un 3 % debe procederse al reparto proporcional del posible error de medición, y reducir 1,5 % las indemnizaciones y 3º.- que habiendo declarado la perito que una de las...

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