SAP Valencia 320/2003, 21 de Mayo de 2003

PonenteJOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
ECLIES:APV:2003:3235
Número de Recurso343/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución320/2003
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

SENTENCIA Nº____320/03____

SECCION UNDÉCIMA

ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES:

Magistrado Presidente,

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados:

Dña. Susana Catalán Muedra

D. Manuel José López Orellana

En la ciudad de Valencia, a veintiuno de mayo de dos mil tres.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. José Alfonso Arolas Romero, los autos de juicio de menor cuantía, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Onteniente, con el núm. 343/00, por Textiles de Hogar Capitex S.L. contra D. Gabino sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Textiles de Hogar Capitex S.L., representado por el Procurador D. Vicente Francés Silvestre, y asistido del Letrado D. Francisco J. Ubeda Morales contra D. Gabino , representado por el Procurador D. JuanManuel Martínez Morio, y asistido de la Letrada D. Mª Angeles Gandia Gandia, y Fundalar S.L. declarado en rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Onteniente, en fecha 20 de enero de 2003 en el juicio de menor cuantía núm. 343/00 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador en nombre y representación de Textiles de Hogar Capitex, S.L., debo condenar y condeno a Fundalar, S.L. a abonar a la parte demandante la cantidad de 23.344,21 euros mas los intereses legales a contra desde el momento de interposición de la demanda y al pago de costas, y debo absolver y absuelvo a Gabino de las pretensiones efectuadas en su contra, con imposición de costas a la actora.."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Procurador D. Vicente Francés Silvestre en nombre y representación de Textiles de Hogar Capitex S.L., y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por el Procurador

D. Juan Manuel Martínez Morio en nombre y representación de D. Gabino . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 19 de mayo de 2003.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiendo mediado relaciones comerciales entre la mercantil "Textiles de Hogar Capitex S.L." y la sociedad "Fundalar S.L", como quiera que, según se dice, ésta quedara en deber a aquélla tres millones ochocientas ochenta y cuatro mil ciento cincuenta pesetas (3.884.150 ptas.) por suministro de géneros, por "Capitex S.L." se planteó demanda contra "Fundalar S.L." y contra su DIRECCION000 D. Gabino en reclamación de dicha cantidad: contra la sociedad por ser acreedora de ella y contra su administrador porque "Fundalar S.L." había desaparecido de hecho y había quedado sin patrimonio, y porque permitiendo aquél que ello ocurriera había perjudicado los intereses de la demandante al quedarse ésta sin cobrar. Declarada en rebeldía la sociedad demandada y opuesto a la pretensión deducida el administrador codemandado, la sentencia recaída en la instancia estimó la demanda respecto de "Fundalar S.L." y la rechazó en cuanto a su DIRECCION000 , porque la actora no había probado la insolvencia de la mercantil codemandanda.

SEGUNDO

Recurrida en apelación la citada resolución por la parte actora, en orden a que la condena se extendiera solidariamente contra el administrador D. Gabino , la presente no ha de diferir del doble pronunciamiento, condenatorio uno y absolutorio otro, que contiene la sentencia apelada. Al efecto, se ha de significar que si bien es cierto que "Fundalar S.L." recibió de la demandante, en septiembre y noviembre de 1998 (doc. nº 1 a 4 de la demanda -folios 11 a 22-), determinado género que da origen a la deuda reclamada, no lo es menos que, en escritura de 27 de noviembre de 1997 (doc. nº 1 de la contestación -folios 51 a 53-), D. Gabino vendió la mayor parte de sus participaciones sociales en "Fundalar S.L." a D. Plácido , que era DIRECCION000 de "Capitex S.L", y que, en escritura de 27 de mayo de 1998...

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