SAP Huesca 172/1999, 17 de Mayo de 1999

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
Número de Recurso157/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución172/1999
Fecha de Resolución17 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Huesca

Sentencia Apelación Civil Número 172

PRESIDENTE*

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA*

MAGISTRADOS*

D. ÁNGEL IRIBAS GENUA*

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE*

*

En la ciudad de Huesca, a diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Jaca, como juicio de cognición registrado al número 241/98, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por causa de necesidad, promovido por Jose Daniel , co-- mo demandante, dirigido por el letrado don Lorenzo Torrente Ríos, contra Jesús Ángel y Soledad -, como demandados, defendidos por el letrado don Julio Rojas Bejarano-. Pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 157/99, e interpuesto por los demandados. Actúa como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia recurrida el día 16 de marzo de 1.999, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Que estimando la demanda formulada por la procuradora Sra. Labarta en nombre y representación de D. Jose Daniel contra D. Jesús Ángel y doña Soledad representados por la procuradora Sra. del Val, y declaro resuelto el contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en c/ DIRECCION000 , NUM000 NUM001 -dcha. denegando la prórroga forzosa a los arrendatarios por causa de necesidad y les condeno a desalojar la citada vivienda en legal plazo, sin derecho a indemnización, con apercibimiento de lanzamiento caso de no verificarlo, así como al pago de las costas causadas [...]".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, los demandados formalizaron el presente recurso de apelación. El Juzgado lo admitió a trámite en ambos efectos y dio traslado del mismo a la otra parte, que lo impugnó. Seguidamente, se remitieron los autos a esta Sala, en la que quedaron registrados al número 157/99.

Mediante auto de fecha 4 de mayo, la Sala denegó la práctica de la prueba de reconocimiento judicial interesada por los apelantes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La originaria arrendadora del contrato de arrendamiento de vivienda objeto de juicio fue Laura . Con posterioridad, le sucedió inter vivos Mariano , padre del aquí demandante, el cual falleció el día 16 de noviembre de 1.978. Por auto de 20 de marzo de 1.979, el Juzgado de Jaca declaró herederos abintestato de Mariano a sus dos hijos, el hoy demandante y Victoria , "con reserva del usufructo legal de viudedad en favor de Amelia ". Entre los bienes consorciales se encontraba el piso arrendado y el...

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