SAP Jaén 337/1997, 27 de Octubre de 1997

PonenteFERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
Número de Recurso486/1996
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución337/1997
Fecha de Resolución27 de Octubre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Jaén

SENTENCIA Núm. 337/97

Iltmos Sres.

Presidente

D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE

Magistrados.

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

En la ciudad de Jaén, a Veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de MENOR CUANTIA en Reclamación de pensión Alimenticia seguidos en primera instancia con el número 153 del año 1996, por el Juzgado de Primera Instancia de 1ª Instancia nº 2 de Ubeda , rollo de apelación de esta Audiencia Núm. 486/96, a instancias Dª María Rosario por el turno de oficio representada ante este Tribunal, como apelada por la Procuradora Dª Raquel Martinez Ouero y defendida por el Letrado

D. Juan Francisco Moya Zafra que no compareció al acto del Juicio contra D. Carlos representado ante el Tribunal como Apelante por la Procuradora Dª María Teresa Cátedra Fernandez y defendido por el Letrado

D. Alejandro Mola Tallada y contra Dª. Rocío , no personada en el recurso.

ACEPTANDO los antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de primera Instancia Nº 2 de Ubeda con fecha Veintidós de Octubre de mil novecientos noventa y seis .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Baltasar Muñoz Martínez en nombre y representación de Dª María Rosario frente a D. Carlos y Dª Rocío debo condenar y condeno a éstos a cagar mancomunadamente a aquella con el carácter de alimentos definitivos y desde la fecha cae interposición de la demanda la cantidad de 30.000 suma pagadera por meses anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes y actualizable anualmente de acuerdo con los índices oficiales del coste de la vida del respectivo a o anterior conforme al I.P.C. que publique el instituto Nacional de Estadísticas u organismo que lo sustituya, debiendo vagar cada parte Las Costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, quedando exenta de dicha obligación la madre".

SEGUNDO

Que contra dicha sentencia se interpuso por D. Carlos , en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ubeda que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, vara comparecer ante la misma.

TERCERO

Que recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondienterollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el dio 22 de Octubre de 1997, cuyo día compareció sólo el apelante y no lo hizo el letrado d¢ la apelada pese a estar citado en legal forma, solicitando el adelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con lo manifestado en su escrito de oposición a la demanda y en el resumen de prueba ya que no se ha acreditado por la actora la necesidad de los alimentos y por otra parte no existe caudal económico suficiente para que Queda atenderlo esta parte demandada, ya que su hija cuenta can 21 años y puede dedicarse a una actividad laboral sin que tenga porque cursar estudios universitarios, insistiendo en los mismos argumentos alegados al contestar a la demanda, quedando los autos vistos vara dictar sentencia.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observa do las formalidades legales.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida a este Tribunal de apelación hace suyos y...

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